/SERVICIO NACIONAL DE. MIGRACIONES
Rol
Fecha
29 de octubre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: La comparecencia de Mayra Aguilar Herrera, abogada, Colombiana, quien en favor de don John Alexander Martínez Villa, Colombiano, pasaporte N°AV237197 domiciliado en Antofagasta, deduce acción de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por cuanto mediante Resolución Exenta N°23313235 de fecha 17 de agosto de 2023, decreta el rechazo a su solicitud de regularización y dispone su abandono del territorio nacional, solicitando se restablezca el imperio del derecho, dejando sin efecto la resolución referida. Informó el Servicio Nacional de Migraciones, instando por el rechazo del recurso. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en el recurso se indica que el acto administrativo consistente en la Resolución Exenta N°23313235 de fecha 17 de agosto del año 2023, del Servicio Nacional de Migraciones, para decretar el rechazo a la regularización y la orden de abandono, tuvo presente que el amparado solicitó regularizar su situación migratoria según el artículo Octavo Transitorio de la Ley 21.325 y la solicitud fue rechazada por presentar "antecedentes negativos en Chile", específicamente: “Condena del 08 de mayo de 2017 por porte de arma cortante o punzante. - Condena del 23 de noviembre de 2017 por consumo o porte de estupefacientes. - Condena del 23 de octubre de 2018 a 300 días de presidio menor en su grado mínimo por cuasidelito de homicidio y cuasidelito de lesiones (RIT N° 7734-2017)”. Añade que la resolución dispone el abandono del país dentro del plazo de 5 días, señalando que, si existieran procesos o condenas pendientes, el plazo se contaría desde su cumplimiento. Afirma que la medida de abandono es ilegal, arbitraria y manifiestamente desproporcionada, por cuanto desconoce la realidad jurídica y el arraigo familiar acreditado por el actor, ya que el principal argumento de la administración para rechazar la regularización son las condenas penales, no obstante, acompaña la resolución judicial del Juzgado de Garantía de Antofagasta (RIT N° 7734-2017) que, con fecha 7 de agosto de 2019, da cuenta del cumplimiento de la reclusión parcial nocturna domiciliaria, es decir, la pena por el delito más grave imputado y, asimismo, con fecha 16 de enero de 2024, se ordenó dejar sin efecto las medidas cautelares respecto del amparado, por lo que a la fecha de la interposición de su recurso (y ya en 2023, fecha de la resolución de rechazo), no existen condenas ni procesos penales pendientes o vigentes que justifiquen una expulsión o abandono bajo el criterio de orden público o seguridad nacional. Sostiene, por otro lado, que la expulsión o abandono vulnera directamente el derecho a la vida familiar, toda vez que el amprado mantiene un arraigo familiar de relevancia en Chile, ya que es padre de una hija menor de edad, Deymi Martínez Quiroga, nacida en Chile el 9 de septiembre de 2019, quien es
Fallo
por tanto chilena; además, su madre, Aleyda Villa Hoyos, posee permanencia definitiva en Chile vigente hasta el 2029, mismo beneficio que tiene su hermano David Cano Villa. Señala que la medida administrativa desconoce la protección constitucional del Interés Superior del Niño, obligando a una menor de edad chilena a separarse de su padre, o forzándola al exilio, arraigo que debe prevalecer sobre una sanción administrativa o las consecuencias de penas ya cumplidas. Indica que la Policía Nacional de Colombia certifica que, a la fecha el amprado no registra antecedentes en su país de origen, lo que, sumado al cumplimiento de las penas en Chile, demuestra que no existe un riesgo permanente para la seguridad pública o social que pueda justificar la expulsión (sic). Expresa que la medida de abandono, al desconocer el cumplimiento de las penas y el vínculo familiar con una hija chilena y familiares directos con residencia definitiva, resulta desproporcionada e irracional, afectando ilegal y arbitrariamente el derecho a la libertad personal y el derecho a la vida familiar de mi representado. Termina solicitando declarar que la Resolución Exenta N°23313235 de 17 de agosto de 2023 es ilegal y arbitraria, dejando la misma sin efecto y restableciendo el imperio del derecho, autorizando la residencia legal del amparado en el país. SEGUNDO: Que informó la abogada Danna Garbarino Correa, en representación del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción consti
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Antofagasta, veintinueve de octubre de dos mil veinticinco. VISTOS: La comparecencia de Mayra Aguilar Herrera, abogada, Colombiana, quien en favor de don John Alexander Martínez Villa, Colombiano, pasaporte N°AV237197 domiciliado en Antofagasta, deduce acción de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por cuanto mediante Resolución Exenta N°23313235 de fecha 17 de agosto de 2023, d
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