SIN INFORMACION

A FAVOR DE MAYKEL ANTONIO CLAVIJO RODRÍGUEZ CONTRA GERNDARMERIA DE CHILE

Rol

Fecha

28 de octubre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: A folio 1 comparece la abogada Constanza Barrueto Bravo en favor del condenado Maykel Antonio Clavijo Rodríguez, actualmente privado de libertad en el Centro Penitenciario La Serena, quien interpuso recurso de amparo en contra de Gendarmería de Chile, representada por el Alcaide del Centro Penitenciario de Rancagua, por la modificación del tiempo mínimo de cumplimiento de condena, impidiendo su postulación a beneficios intrapenitenciarios, ello sin ajustarse a la normativa vigente, por lo que su privación de libertad se torna arbitraria e ilegal, solicitando a esta Corte que ordene la modificación de los tiempos de postulación a beneficios penitenciarios del amparado. Explica que el amparado se encuentra cumpliendo las siguientes penas: - Saldo de pena de 1411 días por el delito original de receptación de vehículo motorizado y robo con violencia sentencia del 15 de marzo del 2017 condenado por un hecho del 3 de agosto del 2015 en causa RIT 24-2017 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso. - Saldo de pena de 15 días por conversión de multa - 16 años por 3 delitos de robo con intimidación. - 5 años y 1 día por el delito de porte ilegal de arma de fuego. - 2 años por el delito de tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades. Señala que, de acuerdo a la información entregada por Gendarmería de Chile, el amparado inició su condena con fecha 24 de abril del 2020 y su fecha de término es el 8 de marzo del 2047, pudiendo optar al beneficio de libertad condicional el 7 de noviembre del 2036 y

Fundamentos

considerando que está purgando condena por delito que la ley exige 2/3 de la pena cumplida, a todos los delitos se les exige el tiempo calificado, pese a que la ley establezca la mitad de la condena, aclarando que los delitos calificados sólo son los de robo,

Fallo

por tanto, el resto debe calcularse con la mitad de la condena. Refiere que, en este caso, el amparado fue condenado a una pena privativa de libertad de presidio mayor, como autor del delito de homicidio simple (más otros delitos que merecen para el cálculo la consideración de la mitad de la condena). Sin embargo, a partir de la Ley 21.124, publicada el 18 de enero del 2019, pasó el tiempo mínimo exigido de la mitad de la condena, a los dos tercios de ella en el caso del delito de robo con violencia e intimidación y en lugar habitado. Así, lo que hace Gendarmería es primero exigir dos tercios respecto de delitos que se cometieron y fueron condenados cuando la ley exigía para postular a beneficios la mitad de la condena y por otra parte, hace extensivo dicho tiempo a los otros delitos, dejando de lado que el carácter de calificado no transforma al resto de los delitos con tal carácter. En este orden, el acto de excluir al amparado en las listas de internos que cumplen los requisitos para postular a beneficios intrapenitenciarios no admite otra calificación que ilegal. Gendarmería de Chile se atribuyó facultades que la ley no le ha concedido, toda vez que aquello es una acción decisoria propia de la Comisión de Libertad Condicional. Agregó que la forma de determinar el tiempo mínimo para optar a la libertad condicional son los artículos 2 y 3 del DL 321, dejando en claro de que para el caso de existir dos o más delitos se encuentra normado en el artículo 2 o en su defecto en e

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C.A. de Rancagua Rancagua, veintiocho de octubre de dos mil veinticinco. Vistos: A folio 1 comparece la abogada Constanza Barrueto Bravo en favor del condenado Maykel Antonio Clavijo Rodríguez, actualmente privado de libertad en el Centro Penitenciario La Serena, quien interpuso recurso de amparo en contra de Gendarmería de Chile, representada por el Alcaide del Centro Penitenciario de Rancagua,

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