SIN INFORMACION

RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, RAFAEL MAXIMILIANO/COMISIÓN DE LIBERTADES CONDICIONALES DE LA SERENA

Rol

Fecha

28 de octubre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

VISTOS: 1.- Que el recurso de amparo es una acción constitucional de urgencia y excepcional, cuyo fin es restablecer el imperio del derecho ante privaciones, perturbaciones o amenazas provocadas por actos u omisiones ilegales y que afecten la libertad personal y/o seguridad individual de una persona. De esta forma, la intervención de la Corte respectiva se espera ponga término a aquel acto u omisión vulnerador y adopte de inmediato las medidas para ponerle término. Será relevante, entonces, la ocurrencia de un acto u omisión perfectamente identificado y, así, imponer medidas tendientes a su término inmediato. 2.- En el caso de marras, quien recurre de amparo lo hace pretendiendo la afectación a su seguridad individual por el hecho de habérsele otorgado el beneficio de la libertad condicional a quien cometió un ilícito en su contra. 3.- Así las cosas, la acción carece de viabilidad, desde que no hay acto u omisión que deba ser revisado y al cual esta Corte deba ponerle término, ya que el otorgamiento del beneficio emanó de autoridad competente y en el margen de sus facultades, sin que dicha decisión afecte las garantías amparadas por esta vía. Abona a dicha conclusión el que en el texto no se identifica alguna otra actividad, concreta, cierta e inmediata, que afecte las garantías constitucionales enunciadas. Y visto lo dispone el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se declara INADMISIBLE el recurso de amparo deducido por Rafael Maximiliano Rodríguez Rodríguez, por improcedente. Regístrese y archívese. Rol N° 643-2025 Amparo.-

Fallo

se declara INADMISIBLE el recurso de amparo deducido por Rafael Maximiliano Rodríguez Rodríguez, por improcedente. Regístrese y archívese. Rol N° 643-2025 Amparo.-

Texto Completo (Preview)

Rodríguez Rodríguez, Rafael García Castillo, Franco Recurso de Amparo. Rol N° 643-2025.- La Serena, veintiocho de octubre de dos mil veinticinco. A folio 1: A lo principal y otrosíes: Estese a lo que se resolverá. VISTOS: 1.- Que el recurso de amparo es una acción constitucional de urgencia y excepcional, cuyo fin es restablecer el imperio del derecho ante privaciones, perturbaciones o amenazas

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