JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE SANTA BARBARA

MARIA YANET LEVI CURRIAO CONTRA MARIA CRUZ CURRIAO REINADO

Rol

Fecha

28 de octubre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y teniendo presente: 1°.- Comparece Carlos Andrés Gutiérrez Muñoz, abogado defensor penal privado, en representación de María Cruz Curriao Reinado, quien interpone recurso de apelación en contra de la resolución de fecha 1 de julio de 2025, pronunciada por el Juzgado de Letras y Garantía de Santa Bárbara, que rechazó el incidente de nulidad procesal deducido por esa defensa. Sostiene que, con posterioridad a la celebración de la audiencia de preparación de juicio oral, realizada el 27 de marzo de 2024, el Juzgado de Garantía dictó, con fecha 29 de marzo del mismo año y fuera de audiencia, una resolución oficiosa mediante la cual rectificó el auto de apertura de juicio oral, incorporando una demanda civil de indemnización de perjuicios deducida por los querellantes doña Jessica Espinoza Otárola y don Eduardo Soto Delgado, por un monto total de $257.100.000 (doscientos cincuenta y siete millones cien mil pesos), distribuidos entre daño emergente, lucro cesante y daño moral. Estima que dicha resolución fue dictada sin haberse debatido ni ofrecido prueba alguna respecto de la acción civil durante la audiencia de preparación, configurándose de este modo una actuación extemporánea e irregular, por cuanto el procedimiento preparatorio ya se encontraba formalmente concluido, excediendo el tribunal las facultades oficiosas que le confiere la ley. A ello suma la falta del llamado obligatorio a conciliación previsto en el artículo 273 del Código Procesal Penal, diligencia que califica como esencial y de cumplimiento preceptivo dentro de la audiencia de preparación del juicio oral. Agrega que, en esa misma audiencia, el tribunal excluyó la totalidad de la prueba ofrecida por la defensa, fundándose en supuestas infracciones al debido proceso conforme a los artículos 276 y 277 del Código Procesal Penal, decisión que califica de arbitraria y contraria al principio de igualdad de armas. Indica que, con fecha 1 de julio de 2025, el tribunal de garantía celebró una audiencia

Fallo

SE DECLARA inadmisible, por improcedente, el recurso de apelación deducido por la defensa de doña María Cruz Curriao Reinado en contra de la resolución de fecha uno de julio de dos mil veinticinco, pronunciada por el Juzgado de Letras y Garantía de Santa Bárbara. Léase en la audiencia fijada al efecto. Notifíquese y devuélvase. Redacción de la ministra suplente María Alejandra Ceroni Valenzuela. No firma el ministro suplente Ricardo Riquelme Carpenter, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo del fallo, por haber cesado en su suplencia. N°Penal-1516-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción Concepción, veintiocho de octubre de dos mil veinticinco. Visto y teniendo presente: 1°.- Comparece Carlos Andrés Gutiérrez Muñoz, abogado defensor penal privado, en representación de María Cruz Curriao Reinado, quien interpone recurso de apelación en contra de la resolución de fecha 1 de julio de 2025, pronunciada por el Juzgado de Letras y Garantía de Santa Bárbara, que recha

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica