BUSTOS/CERDA
Rol
13456-2023
Fecha
21 de febrero de 2023
Materia
Civil
Resultado
CONFIRMA SENTENCIA APELADA
Hechos
Visto y teniendo únicamente presente: Primero: Que, con fecha 26 de enero de 2023, se presentó don Jorge Bustos Martínez, Cabo 1º de Carabineros, interponiendo la presente acción cautelar en contra de la Dirección General de Carabineros, indicando que se han vulnerado sus garantías constitucionales establecidas en el los numerales 1° y 2° del artículo 19 de la nuestra Carta Fundamental. Lo anterior, en razón de haberse dispuesto, el 4 de noviembre de 2022, su traslado desde la Plana Mayor de la Prefectura de Carabineros de Viña del Mar hasta la Plana Mayor del Departamento y Presupuesto Institucional de la Dirección de Finanzas, actuación que luego fue ratificada por dicha autoridad al momento de rechazar un recurso de reconsideración planteado por el propio actor en dicha sede, pronunciamiento último cuya data es 26 de diciembre del año recién pasado. Segundo: Que, para estos efectos, cabe recordar que el numeral 1° del Auto Acordado de esta Corte sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales dispone: El recurso o acción de protección se interpondrá ante la Corte de Apelaciones en cuya jurisdicción se hubiere cometido el acto o incurrido en la omisión arbitraria o ilegal que ocasionen privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de las garantías constitucionales respectivas, o donde éstos hubieren producido sus efectos, a elección del recurrente, dentro del plazo fatal de treinta días corridos contados desde la ejecución del acto o la ocurrencia de la omisión o, según la naturaleza de éstos, desde que se haya tenido noticias o conocimiento cierto de los mismos, lo que se hará constar en autos. Por su parte el inciso segundo del número 2 establece que: Presentado el recurso, el Tribunal examinará en cuenta si ha sido interpuesto en tiempo y si se mencionan hechos que puedan constituir la vulneración de garantías de las indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República. Si su presentación es extemporán
Fallo
Por estas consideraciones y lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de esta Corte sobre la materia, se confirma la resolución apelada de veintisiete de enero de dos mil veintitrés. Regístrese y devuélvase. Rol Nº 13.456-2023.
Texto Completo (Preview)
PAGE 2 Santiago, a veintiuno de febrero de dos mil veintitrés. Visto y teniendo únicamente presente: Primero: Que, con fecha 26 de enero de 2023, se presentó don Jorge Bustos Martínez, Cabo 1º de Carabineros, interponiendo la presente acción cautelar en contra de la Dirección General de Carabineros, indicando que se han vulnerado sus garantías constitucionales establecidas en el los numerales 1°
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