3º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

M.P. C/WILFREDO RIASCOS CHAVES (DAHIAN GEOVANY CRUZ RIVERA)

Rol

Fecha

27 de octubre de 2025

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Primero: Que, el mérito de los antecedentes aportado en esta audiencia parece que por ahora concurre los presupuestos materiales establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación con los delitos por los cuales se formalizó la investigación como así también la eventual participación del imputado en los mismos. Segundo: Que, ahora bien, en cuanto a la necesidad de cautela, esta Corte estima que no han variado las circunstancias que se tuvieron en consideración al disponer la prisión preventiva del encausado, ni aún con los nuevos antecedentes que pretende introducir la defensa en este estadio procesal, por estimar que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad concurriendo, en consecuencia, el supuesto de la letra c) del artículo 140 del texto legal citado, en atención a la naturaleza de los delitos, forma y circunstancias de comisión, el bien jurídico afectado y la pena probable aplicar. Por estas razones y de conformidad, además, con lo que disponen los artículos 149, 352 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada dictada en audiencia del dieciséis de octubre pasado, por el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago, en los autos Rit 491 – 2025, que mantiene la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto del encausado Dahian Geovany Cruz Rivera. Comuníquese y devuélvase vía interconexión Penal-5584-2025. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Fallo

Por estas razones y de conformidad, además, con lo que disponen los artículos 149, 352 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada dictada en audiencia del dieciséis de octubre pasado, por el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago, en los autos Rit 491 – 2025, que mantiene la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto del encausado Dahian Geovany Cruz Rivera. Comuníquese y devuélvase vía interconexión Penal-5584-2025. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Texto Completo (Preview)

CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, veintisiete de octubre de dos mil veinticinco. Sala: Segunda Rol Corte: Penal-5584-2025 Ruc: 2500083157-6 Rit : O-491-2025 Juzgado: 3º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: el Ministro señorita Romy Grace Rutherford Parentti, el Ministro (S) señora Isabel Margarita Zúñiga Alvayay y el Abogado Integrante señor Cristian Parada Bustamante Relator: Pablo

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