JUZGADO DE GARANTIA DE TALCA

MP C/ FERNANDO JOSE JORQUERA GARRIDO Y ROBERTO ESTEBAN DIAZ SALAZAR

Rol

Fecha

25 de octubre de 2025

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

REVOCADA-CONFIRMADA/COMUNICAR

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada en audiencia de diecisiete de octubre del año en curso, que ordenó la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto del imputado ROBERTO ESTEBAN DÍAZ SALAZAR, inserta en la carpeta virtual RIT 1-11896-2025 del Juzgado de Garantía de Talca. Respecto del imputado FERNANDO JOSÉ JORQUERA GARRIDO, atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia, teniendo presente la edad del imputado y la circunstancia de no registrar condenas previas, permiten concluir que medidas cautelares de menor intensidad cumplen igualmente con los fines del procedimiento. Por estas consideraciones y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 140, 149, 155, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada dictada en audiencia de diecisiete de octubre del año en curso, que ordenó la medida cautelar personal de prisión preventiva, inserta en la carpeta virtual RIT 1-11896-2025 del Juzgado de Garantía de Talca y, en su lugar se sustituye la prisión preventiva, por las cautelares contempladas en el artículo 155 letra a) y d) del Código del Ramo, esto es, privación parcial de libertad en su domicilio entre las 22:00 horas y 6.00 horas del día siguiente, y prohibición de salir del país. Respecto del imputado Fernando José Jorquera Garrido, acordada con el voto en contra del ministro Carlos Carrillo González, quien fue de parecer de confirmar la resolución en alzada, en base a sus propios fundamentos. Respecto del imputado Roberto Esteban Díaz Salazar, acordada con el voto en contra de la ministra Blanca Rojas Arancibia, quien fue de parecer de revocar la prisión preventiva y sustituirla por otras medidas cautelares de menor intensidad, que garantizan igualmente los fines d

Fallo

Por estas consideraciones y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 140, 149, 155, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada dictada en audiencia de diecisiete de octubre del año en curso, que ordenó la medida cautelar personal de prisión preventiva, inserta en la carpeta virtual RIT 1-11896-2025 del Juzgado de Garantía de Talca y, en su lugar se sustituye la prisión preventiva, por las cautelares contempladas en el artículo 155 letra a) y d) del Código del Ramo, esto es, privación parcial de libertad en su domicilio entre las 22:00 horas y 6.00 horas del día siguiente, y prohibición de salir del país. Respecto del imputado Fernando José Jorquera Garrido, acordada con el voto en contra del ministro Carlos Carrillo González, quien fue de parecer de confirmar la resolución en alzada, en base a sus propios fundamentos. Respecto del imputado Roberto Esteban Díaz Salazar, acordada con el voto en contra de la ministra Blanca Rojas Arancibia, quien fue de parecer de revocar la prisión preventiva y sustituirla por otras medidas cautelares de menor intensidad, que garantizan igualmente los fines del procedimiento. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. N°Penal-1605-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Talca Talca, veinticinco de octubre de dos mil veinticinco. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada en audiencia de diecisiete de octubre del año en curso, que ordenó la medida cautel

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica