BRAVO VALENZUELA GUILLERMO ANTONIO /MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS(CRC)
Rol
Fecha
24 de octubre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece la abogada Valeska Orellana Córdova, quien deduce recurso de amparo en favor del condenado Guillermo Antonio Bravo Valenzuela, en contra del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos por la dictación del Decreto Exento N° 3373-2025, de 17 de octubre de 2025, en virtud del cual se rechazó la reducción de su condena por aplicación de una ley posterior, a saber, la Ley Nº 21.421. Expone, en lo pertinente, que el amparado fue condenado por el 6º Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, en causa RUC 1800788727-9, como autor del delito de abuso sexual reiterado, afirmando que desde que inició el cumplimiento de su condena obtuvo por parte de la Comisión respectiva, una reducción de la misma, por lo que se determinó que el cumplimiento de su condena se determinó para el día 17 de octubre de 2025. No obstante lo anterior, sostiene que el Decreto impugnado rechazó la aplicación de dicha rebaja sobre la base de lo dispuesto en la Ley N° 21.421, aplicando la ley con efecto retroactivo e impidiendo que el amparado recupere su libertad, no obstante que la Corte Suprema, por sentencia de 23 de septiembre del año en curso, dictada en los autos Rol N° 38772-2025, revocó la decisión de esta Corte dictada en Rol 3502-2025, ordenando una nueva evaluación, conforme a la ley vigente al momento en que se dictó sentencia condenatoria. Por todo lo expuesto, y previa referencia al principio de irretroactividad de la ley penal y jurisprudencia relacionada, solicita se acoja la acción interpuesta, ordenando revocar el Decreto Exento Nº 3373, de 17 de octubre de 2025 del Ministerio de Justicia y de Derechos Humanos, otorgando en su reemplazo la dictación de uno que otorgue el beneficio de reducción de condena en 9 meses, siendo la nueva fecha de término el día 17 de octubre de 2025. Segundo: Que informando el Subsecretario de Justicia (s) señala, luego de exponer los antecedentes jurídicos que regulan el beneficio de reducción de c
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso interpuesto en favor de Guillermo Antonio Bravo Valenzuela, en contra del Ministerio de Justicia y de Derechos Humanos. Regístrese y archívese. N°Amparo-4058-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de octubre de dos mil veinticinco. A los folios 7 y 9: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece la abogada Valeska Orellana Córdova, quien deduce recurso de amparo en favor del condenado Guillermo Antonio Bravo Valenzuela, en contra del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos por la dictación del Decreto Exento N° 3373-
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