VALENZUELA/SCHWENCKE
Rol
Fecha
24 de octubre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Carlos Gabriel Valenzuela León interponiendo recurso de protección en contra de Isapre Colmena Golden Cross S.A., por la actuación arbitraria e ilegal consistente en otorgar una bonificación insuficiente para prestaciones de salud mental, desconociendo la cobertura contractual, y vulnerando la normativa vigente, actuación que, a juicio del recurrente, contraviene los derechos fundamentales consagrados en los artículos 19 números 1, 2 y 9 de la Constitución Política de la República, solicitando que se ordene a la recurrida otorgar la cobertura íntegra de las prestaciones médicas y se le prohíba aplicar bonificaciones discriminatorias. Explica que con fecha 25 de marzo de 2025 recibió una pre-factura del Hospital Clínico J.J. Aguirre, correspondiente a una atención médica por un valor total de $5.909.850, respecto de la cual la Isapre Colmena Golden Cross otorgó una bonificación de solo $1.423.462.-, lo que considera absolutamente insuficiente,
Fundamentos
considerando que las prestaciones correspondían a tratamientos de salud mental debidamente prescritos por profesionales tratantes. Indica que está afiliado al Plan de Salud Complementario Modalidad Preferente, Classic 3918, que contempla expresamente cobertura para salud mental. No obstante, la Isapre aplicó un criterio de bonificación parcial y discriminatorio, sin proporcionar explicación legal, técnica o contractual que justificara dicho trato diferenciado respecto de prestaciones físicas. Fundamenta su presentación en la Ley N°21.331, sobre Reconocimiento y Protección de los Derechos de las Personas en la Atención de Salud Mental, la cual establece que las atenciones en salud mental deben tener igual cobertura que cualquier otro tratamiento médico, prohibiendo restricciones, topes diferenciados o tratos discriminatorios por razón del tipo de prestación. Respecto a la vulneración de derechos constitucionales, señala que se configura de la siguiente manera. En primer lugar, se afecta el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica, al obstaculizar el acceso oportuno a tratamientos de salud mental; en segundo término, se quebranta el derecho a la igualdad ante la ley, al aplicar un criterio de bonificación discriminatorio; y finalmente, se lesiona el derecho a la protección de la salud, al impedir una cobertura adecuada para las prestaciones médicas requeridas.
Fallo
Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se ordene a la recurrida otorgar la cobertura íntegra correspondiente a las prestaciones de salud mental incluidas en la pre-factura de fecha 25 de marzo de 2025, absteniéndose en lo sucesivo de aplicar bonificaciones discriminatorias o restrictivas en razón del tipo de atención médica. SEGUNDO: Que la Isapre Colmena Golden Cross S.A. evacuó informe solicitando el rechazo de la acción constitucional deducida, con expresa condena en costas. Alega la improcedencia del recurso de protección, argumentando que no ha incurrido en ningún acto ilegal o arbitrario. Fundamenta su defensa en que el plan de salud suscrito con el recurrente fue celebrado con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley N°21.331 sobre salud mental, y que dicha normativa no tiene efecto retroactivo. Específicamente, señala que el artículo 9° del Código Civil establece que la ley solo puede disponer para lo futuro, y que no existe ninguna disposición en la Ley N°21.331 ni en la Circular IF N°396 de la Superintendencia de Salud que ordene modificar los contratos de salud válidamente celebrados con anterioridad. Arguye que la circular mencionada solo prohíbe la comercialización de nuevos planes de salud con restricciones para prestaciones de salud mental, mas no afecta los planes ya existentes. Argumenta que no se han conculcado las garantías invocadas. Respecto al derecho a la vida y a la integridad física y psíquica, sostiene
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de octubre de dos mil veinticinco. Al folio 26: aténgase a lo que se resolverá. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Carlos Gabriel Valenzuela León interponiendo recurso de protección en contra de Isapre Colmena Golden Cross S.A., por la actuación arbitraria e ilegal consistente en otorgar una bonificación insuficiente para prestaciones de sal
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