ARELLANO CON ARGANDOÑA
Rol
Fecha
24 de octubre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Y teniendo además presente: 1° Que, la parte denunciada y denunciante recurren de apelación en contra de la sentencia de fojas 46 y siguientes y de fecha 26 de marzo del año 2024, y en contra de la sentencia complementaria de fojas 143, de fecha 16 de diciembre del año 2024, que absolvió al denunciado y condenó en costas al denunciante, fijando su monto. 2° Que, lo primero que corresponde decir, es que el denunciado si bien apela del fondo de la sentencia, en su escrito, no se observa ni describe agravio alguno en relación con la misma sentencia, ya que su parte resultó absuelta, de manera que en este punto su apelación no prosperará. 3° Que, el denunciante, por su parte, reprocha que la sentencia del grado desconoció la prueba rendida, en especial que el mismo denunciado reconoció el hecho de haber dejado abierto el portón de acceso a las casas en que habitan las partes. 4° Que, si bien la sentencia rechaza la demanda por falta de prueba, sin hacer un mayor análisis de la misma, lo cierto es que aún en el evento de encontrarse acreditado el supuesto del hecho que motivó la denuncia, esto es que el denunciado dejó abierto el portón de acceso, lo cierto es que no se probó que el lugar de ocurrencia de los hechos, se tratara de un condominio regulado por la Ley 21.442, ni la existencia de un reglamento de copropiedad de regule aquella situación, lo que igualmente permite rechazar la denuncia interpuesta. 5° Que, en cuanto a las costas, desde luego se coincide con el denunciante, en que más allá del rechazó de la denuncia, lo cierto es que le asistió
Fundamentos
motivos más que plausibles para accionar, razón que en este punto será revocada la sentencia. Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 18.287, se revoca la sentencia apelada que rola a fojas 46 y siguiente, de fecha veintiséis de marzo de dos mil veinticuatro y su sentencia complementaria de fojas 143 de fecha 16 de diciembre del mismo año, dictada por el Juzgado de Policía Local de Olivar, en causa Rol 1397-23, en cuanto condena en costas al denunciante y en su lugar
Fallo
se decide que no se condena en costas a dicha parte por tener motivo plausible para litigar, confirmándose en lo demás. Regístrese y comuníquese. Rol Corte 90-2024-Policía Local.
Texto Completo (Preview)
Rancagua, veinticuatro de octubre de dos mil veinticinco. Vistos: Y teniendo además presente: 1° Que, la parte denunciada y denunciante recurren de apelación en contra de la sentencia de fojas 46 y siguientes y de fecha 26 de marzo del año 2024, y en contra de la sentencia complementaria de fojas 143, de fecha 16 de diciembre del año 2024, que absolvió al denunciado y condenó en costas al denunci
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