OUTSOURCING Y SOLUCIONES DE SERVICIOS S.A./INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO SANTIAGO SUR ORIENTE
Rol
Fecha
24 de octubre de 2025
Materia
RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: En estos autos RIT I-745-2023, seguidos ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, caratulados “Outsourcing y Soluciones de Servicios S.A. con Inspección Comunal del Trabajo Santiago Sur Oriente”, por sentencia de veintiocho de junio de dos mil veinticuatro, se rechazó la reclamación deducida en contra de la Resolución de Multa N° 7875/23/55. En contra de este fallo, la reclamante interpuso recurso de nulidad, fundado en las causales previstas en las letras e) y b) del artículo 478 del Código del Trabajo, una en carácter de principal y la otra, en subsidio. Declarado admisible el arbitrio, se escuchó a los abogados que, en su oportunidad, concurrieron a la vista de la causa.
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1°.- Que el motivo principal, consistente en aquel que regula la letra e) del artículo 478 del Código del Trabajo, con relación al numeral 4° del artículo 459 del mismo código, lo fundamenta la reclamante en la circunstancia de que el
Fallo
fallo no examinó la totalidad de la prueba que rindió con el objeto de demostrar, por un lado, que la fiscalizadora incurrió en un error de hecho al constatar la infracción, o bien, por el otro, que la empresa había subsanado el hecho basal que sustentó la multa. En efecto, la testigo Alejandra Calfún al declarar sostuvo que su parte en caso alguno puso obstáculos al proceso de fiscalización o que deliberadamente lo haya impedido, sino que por el contrario, expuso las facilidades para que aquella cumpliera sus funciones, accediendo al sistema, y que sólo por un hecho puntual no pudo hacerlo, confirmando, además, que con posterioridad a la fiscalización se habilitó el acceso al sistema en las condiciones y formas que la fiscalizadora requería, lo que no fue considerado por el tribunal, pues sólo incorporó parcialmente esa declaración, sin comprender aquella parte que decía relación con la corrección del formato de acceso al sistema, lo cual también se acreditó con el video correspondiente a una presentación de la “Operativa de Sistema de Marcación Biométrico” denominado “Geovictoria”, que fue expuesto y exhibido en estrados, sin que fuera mencionado en el análisis de la magistrada. Agrega que según la Real Academia Española “dificultar” significa "hacer algo difícil poniendo obstáculos o inconvenientes" y “obstaculizar” quiere decir "poner un obstáculo", usándose como sinónimo de “estorbar” o “impedir”; acción que en ningún caso fue ejecutada por su parte, tal como lo expuso
Texto Completo (Preview)
Santiago, veinticuatro de octubre de dos mil veinticinco. VISTO: En estos autos RIT I-745-2023, seguidos ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, caratulados “Outsourcing y Soluciones de Servicios S.A. con Inspección Comunal del Trabajo Santiago Sur Oriente”, por sentencia de veintiocho de junio de dos mil veinticuatro, se rechazó la reclamación deducida en contra de la Resolu
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