SIN INFORMACION

ESTRAME / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

14 de noviembre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, recurre de protección el ciudadano haitiano Yvenel Estrame, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la presunta afectación de los derechos fundamentales del artículo 19 N°2 de la Constitución Política, ocasionada con la omisión ilegal o arbitraria en emisión de la orden de giro y la remisión del proyecto de decreto de carta de nacionalización al Ministerio del Interior, como acto terminal de la recurrida en la tramitación de la solicitud del administrado, la cual fue solicitada por el recurrente con fecha 23 de octubre de 2023, por impedir dicha omisión el principio de igualdad ante la ley. Refiere que ingresó al país en calidad de turista, y estando dentro del país, cambia su condición migratoria a residente por visa otorgada, con el propósito de establecerse y desarrollar su proyecto de vida en Chile. En ese sentido, previo al vencimiento de su visa como residente temporario, posteriormente obtiene el beneficio migratorio de permanencia definitiva, que se mantiene vigente hasta la actualidad. Expone que en virtud de dispuesto en el Decreto Supremo Nº 5.142, de 1960, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido de las disposiciones sobre nacionalización de extranjeros, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 83, 84 y 85 de la ley 21.325, y previo cumplimiento de requisitos previstos en la ley, con fecha 23 de octubre de 2023, ingresó su solicitud de carta de nacionalización. Sin embargo, a la fecha no ha recibido respuesta alguna por parte del servicio recurrido, lo que lo mantiene en una situación de preocupación e incertidumbre ante un trámite por demás demorado. Segundo: Que, informa el Servicio de Migraciones. Refiere que el 23 de octubre de 2023, la recurrente solicitó mediante el portal de trámites digitales de dicho servicio, la carta de nacionalización, mediante la solicitud ID N°68162854. En seguida, por comunicación electrónica folio N° 74433458, de 10 de marzo de 2025, desp

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Yvenel Estrame en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Acordada con el voto en contra del abogado integrante señor Francisco Cruz, quien fue de parecer de acoger el presente recurso por estar interpuesto únicamente en contra del Servicio Nacional de Migraciones, entidad que deberá pronunciarse en el plazo previsto en el artículo 27 de la Ley N°19.880 para efectos de remitir los anteriores al Ministerio de Interior, para que se pronuncie según estimare procedente, en uso de sus facultades. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°2470-2025 Protección. Pronunciada por Tercera Sala, integrada por las Ministras señora Ma. Carolina Catepillán Lobos, señora María Alejandra Rojas Contreras, y abogado integrante señor Francisco Cruz Fuenzalida. Se deja constancia que no firma el abogado integrante señor Cruz, por estar ausente.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, catorce de noviembre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, recurre de protección el ciudadano haitiano Yvenel Estrame, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la presunta afectación de los derechos fundamentales del artículo 19 N°2 de la Constitución Política, ocasionada con la omisión ilegal o arbitraria en emisión de la orden de giro y la remi

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