SIN INFORMACION

MARZOLO/SUPERINTENDENCIA DE ELECTRICIDAD Y COMBUSTIBLES. (LTE)

Rol

Fecha

24 de octubre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que, don Fermín Teófilo Marzolo García interpone reclamo de ilegalidad en contra de la Resolución Exenta N° 32025 de 30 de abril de 2025, dictada por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), que rechazó el recurso de reposición interpuesto en contra del Oficio Ordinario N° 222879 de 19 de abril de 2024 que, a su vez, no dio lugar al reclamo presentado respecto a la radicación de la deuda en su domicilio y no en la arrendataria del inmueble conforme lo dispuso una sentencia dictada por un Tribunal Civil. Expone que es propietario del inmueble ubicado en calle Rogelio Ugarte N°1974, comuna de Santiago, respecto del cual, el 30 de julio de 2018, celebró un contrato de arrendamiento con doña Hemerlinda Llacsahuache Llacsuahaganga, comenzando a regir el 2 de junio de 2018, por un plazo de cinco años renovables. Señala que, a contar de mayo de 2020, perdió todo contacto con la arrendataria y al acudir a la vivienda comprobó que había sido tomada por un grupo de personas extranjeras de comportamiento violento, por lo que el 25 de agosto de 2020 dejó constancia del hecho ante la 4ª Comisaría de Carabineros de Santiago. Alega que, el 24 de agosto de 2020, solicitó formalmente a ENEL el corte del suministro eléctrico (Solicitud N° 115066495), lo que se rechazó por la imposibilidad de suspender el servicio durante el estado de Excepción Constitucional por la Pandemia COVID-19; sin embargo, una vez culminado el régimen excepcional, el 30 de septiembre de 2021, ENEL tampoco ejecutó el corte, permitiendo que los ocupantes irregulares siguieran consumiendo energía y acumularan deuda por dicho suministro. Expresa que, mediante sentencia ejecutoriada en la causa Rol C-14936-2020 del 25° Juzgado Civil de Santiago, acogió su demanda de término de contrato y desahucio, ordenándose la restitución y condenándose a la demandada al pago de las rentas adeudadas y, especialmente, al pago de los servicios básicos del inmueble, debiendo acreditar su cumpli

Fundamentos

considerando para tales efectos la sentencia judicial ejecutoriada dictada por el Vigésimo Quinto Juzgado Civil de Santiago en los autos Rol N°14936-2020, caratulados “Marzolo con Llacsahuache”. Regístrese, comuníquese y archívese. Redacción de la ministra señor Marisol Andrea Rojas Moya. No firma el ministro (S) señor Hernán López, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, por haber cesado su suplencia. Contencioso Administrativo N°315-2025.

Fallo

fallo judicial, aplicando dicha concesionaria una rebaja de $1.741.139, por cuanto el monto restante se trataría de "deuda radicada". Señala que presentó reclamo ante la SEC, quien resolvió desfavorablemente mediante Oficio ORDINARIO N° 222879 de 19 de abril de 2024, considerándose que las acciones de la empresa eléctrica daban solución a la situación reclamada. Refiere que frente a ello el reclamante dedujo recurso de reposición, también desestimado mediante Resolución Exenta N° 32.025 de 30 de abril de 2025. Sostiene que conforme a la Ley N° 18.410, el objeto de la SEC es fiscalizar y supervigilar el cumplimiento de disposiciones sobre generación, producción, almacenamiento, transporte y distribución de combustibles y electricidad. Argumenta que la producción, transporte y distribución de energía eléctrica se rigen por la Ley General de Servicios Eléctricos (DFL N° 4/20.018 de 2006) y su Reglamento (Decreto N° 327 de 1997), cuyo cumplimiento corresponde fiscalizar a la Superintendencia. Indica que el numeral 17 del artículo 3° de la Ley N° 18.410 faculta a la SEC para resolver reclamos formulados por, entre o contra particulares, consumidores y propietarios de instalaciones; complementándose con el numeral 34 que faculta aplicar e interpretar administrativamente las disposiciones legales. Menciona que el artículo 161 del RLGSE establece que cualquier persona puede presentar reclamos a la Superintendencia en relación con el servicio prestado por un concesionario. Señala

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de octubre de dos mil veinticinco. VISTOS: PRIMERO: Que, don Fermín Teófilo Marzolo García interpone reclamo de ilegalidad en contra de la Resolución Exenta N° 32025 de 30 de abril de 2025, dictada por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), que rechazó el recurso de reposición interpuesto en contra del Oficio Ordinario N° 222879 de 19 de

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