JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE ACHAO

LEVILL/LABRA

Rol

Fecha

23 de octubre de 2025

Materia

SERVIDUMBRE LEGALES

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que se elevan estos autos para conocer de la apelación deducida por la demandada en contra la resolución de veintiocho de abril de dos mil veinticinco, que rechazó el incidente de nulidad que promoviera fundado en la falta de requisitos o trámites esenciales asociados al peritaje, atendido a que el perito no aceptó el cargo antes de que se llevara efecto la audiencia de reconocimiento. Segundo: Que, del mérito del examen de la tramitación digital de la causa de instancia se observa que a folio 27, el 11 de noviembre de 2024, se citó a audiencia de designación de peritos, la cuál se llevó a cabo el 12 de diciembre de 2024 con la comparecencia de ambas partes, oportunidad procesal en la que se designó al perito y se determinó el objeto del informe pericial. A continuación, a folio 53, consta que el perito aceptó el cargo y que aquello se tuvo presente mediante resolución de 28 de febrero de 2025. Luego, el 5 de marzo de 2025, el tribunal tuvo presente fecha de audiencia de reconocimiento fijada para el 25 de marzo de 2025, lo que ordenó poner el conocimiento de las partes, cuestión que se verificó respecto de la demandada a través de correo electrónico, conforme da cuenta actuación de folio 61. Tercero: Que, de lo anterior, se colige que, tal como concluyó el tribunal a quo, el perito aceptó el cargo antes de la audiencia de reconocimiento, esto es, el 27 de febrero de 2025. Cuarto: Que, por otro lado, respecto al argumento planteado por la recurrente al momento de interponer el presente recurso de apelación, consistente en que no se llevó a efecto la audiencia de reconocimiento por no constar el acta de aquella en el proceso, cabe señalar que conforme al informe pericial evacuado el 2 de abril de 2025, a folio 62, ambas partes asistieron a la visita en terreno que se llevó a cabo el 26 de marzo de 2025. Asimismo, analizado el escrito presentado por la recurrente el 7 de abril de 2025, a folio 64, por medio del cual objetó el in

Fundamentos

motivos precedente no se verifica en la especie, por lo que la resolución será confirmada, como se expresará.

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma sin costas la resolución apelada, de veintiocho de abril del año dos mil veinticinco dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Achao. Devuélvase. Rol Civil N°588-2025.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, veintitrés de octubre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que se elevan estos autos para conocer de la apelación deducida por la demandada en contra la resolución de veintiocho de abril de dos mil veinticinco, que rechazó el incidente de nulidad que promoviera fundado en la falta de requisitos o trámites esenciales asociados al peritaje, atendido a que el pe

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