CLAUDIO JAVIER AGUILERA CASTANEDA C/ PAULINA MERCEDES ZALDIVAR ADONES
Rol
Fecha
23 de octubre de 2025
Materia
USURPACIÓN U OCUPACIÓN VIOLENTA DE INMUEBLE. ART. 457 INC 1
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes,
Fundamentos
considerando especialmente que la imposición de toda medida cautelar ya sea personal o real requiere que a lo menos se encuentre justificada la existencia del delito y, en la especie, el ilícito por el cual se dio inicio al procedimiento es aquel contemplado en el artículo 457 del Código Penal, el que exige violencia o intimidación en las personas, circunstancias que no se coligen de la transcripción remitida ni de lo expuesto por los intervinientes en audiencia y visto, además, lo dispuesto en los artículos 358 y 360 del referido Código, SE REVOCA, la resolución dictada en audiencia de tres de octubre de dos mil veinticinco por el Juzgado de Garantía de Ovalle, que decretó la medida cautelar del artículo 157 ter del Código Adjetivo Penal y, en su lugar,
Fallo
se resuelve que no se accede a ella. Con lo actuado, se pone término a la audiencia, firmando el Tribunal, actuando como ministro de fe la relatora (I) doña Claudia Castro Aquea. Devuélvase vía interconexión. Rol N°874-2025 Penal.-
Texto Completo (Preview)
La Serena, veintitrés de octubre de dos mil veinticinco. Siendo las 11:33 horas, ante la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones, presidida por el ministro suplente señor Carlos Jorquera Peñaloza e integrada por la ministra suplente señora Macarena Navarrete González y el abogado integrante señor Gabriel Gallardo Verdugo, se lleva a efecto la audiencia para la vista del recurso de apelación int
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