ANDES FRIO SPA/CONDOMINIO JARDIN DEL MAR TORRE 1 Y 2
Rol
Fecha
23 de octubre de 2025
Materia
APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada y se tiene, además, presente: Que consta en autos -y es un hecho reconocido por los apoderados comparecientes en estrados- que, si bien el matrimonio entre la apelante y su cónyuge se celebró en país extranjero tiempo atrás, lo cierto es que solo resultó inscrito en nuestro país en noviembre del año 2024, es decir, en fecha muy posterior a la ejecución de los actos impugnados y que fueron declarados nulos por la sentencia recurrida. Así, y conforme a lo dispuesto en los artículos 80 de la Ley N°19.947 sobre matrimonio civil y 4 número 3 de la Ley de Registro Civil, los efectos de la inscripción de un matrimonio celebrado en el extranjero en Chile se producen hacia el futuro y respecto de terceros solo una vez que opera dicha inscripción, de forma tal que esta Corte comparte la conclusión del sentenciador, por lo que se mantendrá la decisión. Y visto lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la sentencia apelada de treinta y uno de octubre de dos mil veintitrés, escrita a fojas 629 a 645 del Primer Juzgado de Policía Local de Coquimbo, sin costas. Regístrese y devuélvase. RIC 17-24/POL.-
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Andes Frio SPA Condominio Jardín del Mar T9orre 1 y 2 Infracción Ley 19.537 Rol N° 17-2024.- (26328-2021 del Primer Juzgado de Policía Local de Coquimbo) La Serena, veintitrés de octubre de dos mil veinticinco. VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada y se tiene, además, presente: Que consta en autos -y es un hecho reconocido por los apoderados comparecientes en estrados- que, si bien el m
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