JUZGADO DE GARANTIA DE CURICO

M.P. C/ NOMBRE FALSO GABRIEL GRANADA GIRALDO

Rol

Fecha

23 de octubre de 2025

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA/COMUNICAR

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia, compartiendo plenamente todos los argumentos expresados por sentenciador de primera instancia lo que permite estimar que las circunstancias concretas por las cuales se decretó su prisión preventiva no han variado, teniendo presente, además, que se trata de un ilícito en que se encuentran pluralidad de sustancias prohibidas y que no existe certeza jurídica acerca de identidad real del imputado y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 140, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada, dictada en audiencia de veinte de octubre del año en curso, inserta en la carpeta virtual Rit 1-5829-2025 del Juzgado de Garantía de Curicó, que mantuvo la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto del imputado Gabriel Granada Giraldo o Gabriel José Padilla Galvis. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. N°Penal-1586-2025.

Texto Completo (Preview)

Talca, veintitrés de octubre de dos mil veinticinco. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia, compartiendo plenamente todos los argumentos expresados por sentenciador de primera instancia lo que permite estimar que las circunstancias concretas por las cuales se decretó su prisión preventiva no han variado, teniendo presente, ademá

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