PÉREZ VARENZUELA BRENDA FLABIANA /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
23 de octubre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: A folio 1, comparecen los abogados Pablo Peñaloza Parra y Joaquín Andrés Contreras Roam, quienes interponen recurso de amparo en favor Brenda Pérez Verenzuela, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la Resolución Exenta N° 27.730 de 25 de agosto de 2025, que revocó su permiso de residencia definitiva y dispuso su abandono del país. Actuación que consideran ilegal y arbitraria, ya que constituye una doble sanción por hechos ya juzgados y condenados en sede penal, desconociendo la forma de cumplimiento determinada por el tribunal competente, careciendo de fundamentación suficiente, razonabilidad y proporcionalidad, vulnerando con ello los derechos fundamentales a la libertad personal y seguridad individual consagrados en el artículo 19 N°7 letra a) de la Constitución Política de la República, así como el debido proceso, por lo que solicita que se acoja el recurso y se restablezca el imperio del derecho. En cuanto a los antecedentes fácticos, exponen que la amparada ingresó a Chile en calidad de turista, solicitando posteriormente residencia temporal y luego residencia definitiva, la que obtuvo el 20 de junio de 2022 mediante Resolución Exenta N°22.255.361. El 9 de julio de 2024, fue condenada por el 14° Juzgado de Garantía de Santiago en causa RIT N°6108-2022 por los delitos de fraude de subvenciones, emisión de licencias médicas falsas y asociación ilícita, a las penas de presidio que suman 3 años y 730 días, bajo la modalidad de libertad vigilada intensiva conforme al artículo 15 bis de la Ley N°18.216. El 15 de septiembre de 2025 recibió la Resolución Exenta N°27730 que revoca su residencia definitiva y ordena el abandono del país. Previamente, mediante Oficio Ordinario N°45.386 de 27 de agosto de 2024, se le notificó el inicio del procedimiento sancionatorio, evacuando descargos el 10 de septiembre de 2024. Sostienen que, la medida resulta desproporcionada
Fundamentos
considerando que la amparada cumple todos los requisitos para mantener la residencia definitiva, cuenta con recursos económicos suficientes, es representante legal y accionista de empresa del rubro musical, emite boletas y paga impuestos, sin constituir carga para el Estado.
Fallo
Por estas razones, solicitan que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se deje sin efecto la Resolución Exenta N°27730 de 25 de agosto de 2025, instruyendo al Servicio Nacional de Migraciones a proceder a una nueva revisión documental y decidir conforme a derecho respecto de la residencia definitiva. Para acreditar sus alegaciones, adjunto los siguientes documentos: 1) Cédula de identidad de la amparada; 2) Resolución Exenta N°27730 de 25 de agosto de 2025; 3) Sentencia condenatoria; 4) Comprobante de pagos de condena; 5) Informe de cumplimiento de Gendarmería de Chile; 6) Carpeta Tributaria y Formulario F22; 7) Certificado de cotizaciones AFP; 8) Certificado de cotizaciones FONASA; 9) Certificado de antecedentes de Chile; y 10) Certificado de antecedentes de Venezuela. A folio 8, evacua informe el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo el recurso de amparo. Expone que, la recurrente obtuvo residencia definitiva el 20 de junio de 2022. Posteriormente, mediante sentencia del 9 de julio de 2024 del 14° Juzgado de Garantía de Santiago, fue condenada RIT N° 6108-2022 por la emisión de 2.287 licencias médicas falsas, a la pena de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo, multa y accesorias legales, por el delito de fraude de subvenciones; a la pena de 668 días de presidio menor en su grado medio, al pago de una multa y accesorias, por el delito de emisión de licencias médicas falsas; y a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo
Texto Completo (Preview)
edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintitrés de octubre de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1, comparecen los abogados Pablo Peñaloza Parra y Joaquín Andrés Contreras Roam, quienes interponen recurso de amparo en favor Brenda Pérez Verenzuela, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la Resolución Exenta N° 27.730 de 25 de agosto de 2025,
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