CAR S.A./ÁLVAREZ
Rol
Fecha
23 de octubre de 2025
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente que el título fundante de la demanda tiene mérito ejecutivo, de conformidad a lo establecido en los artículos 441 y 442 del Código de Procedimiento Civil y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del mismo cuerpo legal, se revoca la resolución apelada de diecisiete de septiembre de dos mil veinticinco, escrita a folio N° 3, del Tercer Juzgado Civil de Viña del Mar y, en su lugar se declara que se deberá dar curso a la demanda como en derecho corresponda. Notifíquese y devuélvase N°Civil-3122-2025.
Fallo
se declara que se deberá dar curso a la demanda como en derecho corresponda. Notifíquese y devuélvase N°Civil-3122-2025.
Texto Completo (Preview)
Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, veintitrés de octubre de dos mil veinticinco. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente que el título fundante de la demanda tiene mérito ejecutivo, de conformidad a lo establecido en los artículos 441 y 442 del Código de Procedimiento Civil y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del mismo cuerpo legal, se revoca la resolución a
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