COMERCIAL Y ENTRETENCIONES ISLA GRANDE SPA/
Rol
Fecha
22 de octubre de 2025
Materia
APELACIÓN INCIDENTE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Con el mérito de los antecedentes que obran en el proceso y lo expuesto en la relación, esta judicatura estima que la sentencia impugnada se encuentra ajustada a derecho. En efecto, de la valoración de la prueba rendida y, especialmente, de los descargos formulados por el denunciado, se desprende con claridad la configuración de la infracción consistente en ejercer la actividad comercial sin la patente debida y con el local clausurado, contraviniendo lo dispuesto en los artículos 23 y 58 de la Ley de Rentas Municipales Decreto Ley N°3.063. En cuanto a la alegación de incompetencia —que el denunciado sostiene en su apelación— ésta se funda en que el tribunal de primera instancia, “en causas similares” se ha declarado incompetente en razón de la materia, siendo los hechos investigados por la vía penal. Sin embargo, el recurrente no fundamenta con mayor precisión las razones fácticas y jurídicas que determinarían que el tribunal se declarase incompetente y, en consecuencia, tal como concluyó oportunamente el Juzgado de Policía Local, los argumentos de la denunciada más bien dicen relación con que se ha declarado incompetente en otras causas, contexto en el cual consideró el efecto relativo de las sentencias para desechar la incompetencia. Con todo, cabe considerar que el denunciado tampoco ha acompañado aquellos expedientes a los que hace alusión en su apelación de manera que, ante tales carencias argumentativas y probatorias, no puede sino concluirse que la sentencia impugnada se encuentra ajustada a derecho. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley N°18.287, se confirma, sin costas de la instancia, la sentencia de fecha quince de abril de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Policía Local de Dalcahue, que acogió la denuncia y condenó a Comercial y Entretenciones Isla Grande SpA. al pago de una multa de 5 Unidades Tributarias Mensuales. Devuélvase. Rol Policía Local N°144-2024.
Fallo
se declarase incompetente y, en consecuencia, tal como concluyó oportunamente el Juzgado de Policía Local, los argumentos de la denunciada más bien dicen relación con que se ha declarado incompetente en otras causas, contexto en el cual consideró el efecto relativo de las sentencias para desechar la incompetencia. Con todo, cabe considerar que el denunciado tampoco ha acompañado aquellos expedientes a los que hace alusión en su apelación de manera que, ante tales carencias argumentativas y probatorias, no puede sino concluirse que la sentencia impugnada se encuentra ajustada a derecho. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley N°18.287, se confirma, sin costas de la instancia, la sentencia de fecha quince de abril de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Policía Local de Dalcahue, que acogió la denuncia y condenó a Comercial y Entretenciones Isla Grande SpA. al pago de una multa de 5 Unidades Tributarias Mensuales. Devuélvase. Rol Policía Local N°144-2024.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, veintidós de octubre de dos mil veinticinco. Vistos: Con el mérito de los antecedentes que obran en el proceso y lo expuesto en la relación, esta judicatura estima que la sentencia impugnada se encuentra ajustada a derecho. En efecto, de la valoración de la prueba rendida y, especialmente, de los descargos formulados por el denunciado, se desprende con claridad la configuración de l
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