CIDCOR SPA C/ VERONICA LUCIA ABBOTT MATUS
Rol
Fecha
22 de octubre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo cierto es que los argumentos de hecho y de derecho que constituyen las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de estos jueces, los
Fundamentos
fundamentos tenidos en consideración por el tribunal a quo para resolver de la forma en que lo hizo, los que esta Corte comparte.
Fallo
Por estas consideraciones, normas legales citadas y atendido además lo dispuesto en el artículo 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de catorce de agosto de dos mil veinticinco, dictada en los autos RIT 6393-2025, seguidos ante el 4° Juzgado de Garantía de Santiago, que rechazó decretar el sobreseimiento definitivo de los imputados Rodrigo Zegers Quiroga y Teresa Parga Figueroa. Acordado con el voto en contra del Abogado Integrante señor Benítez Urrutia, quien estuvo por revocar la resolución en alzada y decretar el sobreseimiento definitivo de la causa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 250 letra a) del Código Procesal Penal, en atención al mérito de la querella interpuesta y los hechos en ella descritos. Devuélvase la competencia. N°Penal-4326-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintidós de octubre de dos mil veinticinco. foliosritoCorrea. Santiago, 24o otros A los escritos folios 6 y 7: a todo, téngase presente. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo cierto es que los argumentos de hecho y de derecho que constituyen las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de estos jue
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