SIN INFORMACION

FUENTES/1º JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO (A LA VISTA I.C. N° 3055-2025)

Rol

Fecha

22 de octubre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente. Primero: Que a folio 1 comparece don Matías Berríos Fuchslocher, abogado, en representación de doña Natalia Olivia Fuentes Carcher, parte recurrida en autos seguidos ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre medida prejudicial preparatoria de exhibición instrumental, caratulados "Fuentes/Schupper", RIT O-5039-2025, interponiendo recurso de hecho en contra de la resolución dictada el 19 de agosto pasado, que concedió en el solo efecto devolutivo el recurso de apelación subsidiario deducido por la parte recurrente en contra de la resolución de 12 del mismo mes, que rechazó su oposición a la medida preparatoria de exhibición instrumental, por estimar que el tribunal a quo incurrió en un manifiesto error de derecho al declarar admisible un recurso respecto de una resolución que no es susceptible de apelación. Expone que su parte solicitó al Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago que decretara la medida prejudicial preparatoria de exhibición instrumental, conforme al artículo 273 N° 3 del Código de Procedimiento Civil, respecto de un conjunto de trece personas naturales y jurídicas, entre las cuales se encuentra Inmobiliaria Alef S.A. El tribunal acogió íntegramente dicha solicitud mediante resolución de 22 de julio del año en curso. Notificada exitosamente la resolución, la recurrente Inmobiliaria Alef S.A. formuló oposición a la medida de exhibición instrumental el día 29 de julio, la cual fue desechada por resolución de 12 de agosto. Agrega que, posteriormente, el 16 de agosto, Inmobiliaria Alef S.A. dedujo recurso de reposición con apelación subsidiaria. Al resolver estos recursos, el tribunal de primera instancia rechazó la reposición y declaró admisible el recurso de apelación subsidiario, concediéndolo en el solo efecto devolutivo. Dicha apelación ingresó a la Corte de Apelaciones de Santiago el 25 de agosto, bajo el rol N°3055-2025 del libro Laboral-Cobranza. Sostiene que el tribunal a quo incurrió e

Fallo

Por tanto, la norma general del artículo 187 del Código de Procedimiento Civil, que permite apelar de sentencias definitivas e interlocutorias de primera instancia, no resulta aplicable en la especie, atendido que el artículo 476 del Código del Trabajo limita expresamente este recurso. Finalmente, solicita que se acoja el recurso de hecho, se deje sin efecto la resolución de 19 de agosto de año en curso y se declare inadmisible el recurso de apelación concedido por el tribunal de primera instancia. Segundo: Que, como se sabe, los recursos procesales constituyen los medios que franquea la ley a las partes y a aquellas que tengan la condición de agraviadas por una resolución judicial, con el fin de que ellas puedan hacer valer ante el mismo tribunal o el superior que se determine, los errores que se considera contiene la decisión adoptada, obteniendo, de este modo, que se revise la labor desarrollada por el tribunal que la dictó en el establecimiento de los hechos y/o en la aplicación del derecho, pudiendo mantenerla, modificarla e incluso invalidarla. Tercero: Que, en la especie, para resolver el presente arbitrio, se debe tener presente que el artículo 476 del Código del Trabajo señala que sólo son apelables, además de las resoluciones cuya naturaleza jurídica se corresponda con aquellas que indica el recurso, aquellas que se pronuncien sobre medidas cautelares, escenario que impone considerar que el artículo 444 del mismo cuerpo de leyes otorga al tribunal de la instancia

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintidós de octubre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente. Primero: Que a folio 1 comparece don Matías Berríos Fuchslocher, abogado, en representación de doña Natalia Olivia Fuentes Carcher, parte recurrida en autos seguidos ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, sobre medida prejudicial preparatoria de exhibición instrumental, caratula

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica