JUZGADO DE GARANTIA DE LINARES

MP C/ CRISTIAN ALEX SUMONTE MAUREIRA

Rol

Fecha

22 de octubre de 2025

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.

Resultado

CONFIRMADA/COMUNICAR

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia, compartiendo los

Fundamentos

fundamentos señalados por la jueza de la instancia y considerando que la especial situación mental del imputado Cristián Alex Sumonte Maureira, se ordena a Gendarmería de Chile, CDP Santiago I, que traslade de inmediato al interno Sumonte Maureira que se encuentra recluido en el ASA Salud Mental del Centro de Detención Preventiva Santiago I, debiendo tomar las medidas necesarias y urgentes para el ingreso al Hospital Horwitz o al establecimiento especializado más cercano a la región metropolitana, para su respectivo tratamiento médico. Queda, en consecuencia, prohibido el ingreso del interno a cualquier módulo de la unidad penal donde lo mezclen con personas privadas de libertad en prisión preventiva o que tengan el carácter de condenados. Debiendo Gendarmería adoptar todas las medidas necesarias para resguardar la integridad física y psíquica del imputado Cristián Alex Sumonte Maureira, a fin de que no se vuelva a repetir la agresión que habría sufrido estando internado ilegalmente en el módulo 2 del Centro de Detención Preventiva Santiago I, ello en atención al informe pericial psiquiátrico y antecedentes del imputado. De la misma forma, mientras se mantenga interno en el C.D.P. Santiago I, éste deberá adoptar todas las medidas que sean necesarias para llevar adelante su tratamiento médico, en especial, el farmacológico prescrito, así como la seguridad física del imputado. Y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 140, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada, dictada en audiencia de dieciséis de octubre del año en curso, inserta en la carpeta virtual RIT 1-1516-2025 del Juzgado de Garantía de Linares, que ordenó mantener la medida cautelar personal de internación provisional respecto del imputado Cristian Alex Sumonte Maureira, en la forma y condiciones prefijadas en esta misma resolución. OFÍCIESE al director del área salud del Centro de Detención Preventiva Santiago I y al alcaide del Centro de Detención Preventiva Santiago I. Póngase en conocimiento del señor Fiscal Judicial correspondiente de la situación que afecta a Sumonte Maureira para los fines respectivos. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. N°Penal-1577-2025.

Texto Completo (Preview)

Talca, veintidós de octubre de dos mil veinticinco. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia, compartiendo los fundamentos señalados por la jueza de la instancia y considerando que la especial situación mental del imputado Cristián Alex Sumonte Maureira, se ordena a Gendarmería de Chile, CDP Santiago I, que traslade de inmediato al

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