GUSTAVO HERNAN PACHECO ARTEAGA C/ ALEJANDRO CESAR FERNANDO AGONI TOLOSA
Rol
Fecha
22 de octubre de 2025
Materia
CONDUCCION ESTADO DE EBRIEDAD CON RESULTADO DE MUERTE ART. 196 INC. 3 LEY DE TRANSITO.
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
VISTOS: No existiendo agravio en la resolución que se recurre, se declara INADMISIBLE el recurso de apelación deducido por la querellante en contra de la resolución de catorce de octubre de dos mil veinticinco. Acordada con el voto en contra del Abogado Integrante don Claudio Aravena Bustos, quien teniendo presente el derecho al recurso y el régimen recursivo general, estuvo por declarar admisible el recurso. Déjese copia de lo resuelto en causa rol 1373-2025 recurso de hecho. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionado por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol 1367 – 2025 Penal El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 22 de octubre de 2025. Juan Fuenzalida Polanco Relator En Valdivia, veintidós de octubre de dos mil veinticinco, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ministro de fe.
Fallo
se declara INADMISIBLE el recurso de apelación deducido por la querellante en contra de la resolución de catorce de octubre de dos mil veinticinco. Acordada con el voto en contra del Abogado Integrante don Claudio Aravena Bustos, quien teniendo presente el derecho al recurso y el régimen recursivo general, estuvo por declarar admisible el recurso. Déjese copia de lo resuelto en causa rol 1373-2025 recurso de hecho. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionado por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol 1367 – 2025 Penal El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 22 de octubre de 2025. Juan Fuenzalida Polanco Relator En Valdivia, veintidós de octubre de dos mil veinticinco, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ministro de fe.
Texto Completo (Preview)
A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DIA VEINTIDÓS DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTICINCO, PARA LA VISTA –POR LA PRIMERA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA– DEL RECURSO DE APELACION INTERPUESTO POR LA QUERELLANTE EN CAUSA RUC 2501110739–K, RIT 6839–2025. ROL CORTE 1367–2025. Siendo las 09:08 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia con la asistencia del Ministro Sr. Rodrigo Schnett
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