AUGUSTO CESAR ASENJO MOLINA /10° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO
Rol
Fecha
22 de octubre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Valeska Orellana Córdova, abogada, en representación de Augusto César Asenjo Molina, para interponer recurso de amparo constitucional en contra de la resolución dictada el 9 de octubre de 2025 por la Magistrada del Décimo Juzgado de Garantía de Santiago, doña Karin Soledad Bustamante Alvial, en causa RIT 8245-2009, por la cual se rechazó la solicitud de abono del tiempo que el amparado permaneció privado de libertad en otra causa. Expone que su representado fue condenado por el delito de robo con intimidación, cometido el 3 de enero de 2009, cumpliendo actualmente la pena de 10 años de presidio mayor en su grado medio, y que, con anterioridad, estuvo privado de libertad entre el 12 de marzo y el 1 de octubre de 2001, en la causa Rol N° 5610-2004 del ex 33° Juzgado del Crimen de Santiago, proceso en el cual resultó absuelto, totalizando 203 días de prisión preventiva que no han sido abonados a otra causa. Sostiene que la resolución impugnada incurre en ilegalidad y arbitrariedad, al denegar el abono con fundamento en que no se cumplen los requisitos de temporalidad exigidos por el artículo 164 del Código Orgánico de Tribunales, requisito que —según argumenta— no resulta aplicable, por cuanto las normas pertinentes al abono, contenidas en los artículos 26 del Código Penal y 348 del Código Procesal Penal, no distinguen entre causas conexas o diversas. Agrega que el tiempo de privación de libertad no puede estimarse “gratuito”, citando jurisprudencia de la Corte Suprema (Roles N°s 6848-2021 y 19.715-2023), conforme a la cual debe reconocerse el abono aun en causa distinta, en atención a los principios pro homine, in dubio pro reo y de interpretación restrictiva de las normas que limitan la libertad personal. Solicita, en consecuencia, que se deje sin efecto la resolución de fecha 9 de octubre de 2025 y se disponga el abono de los 203 días de privación de libertad sufridos en la causa Rol N° 5610-2004, del ex 33° Juzgado
Fundamentos
considerando que la Jueza del tribunal a quo actuó dentro de su competencia, fundamentó la resolución que negó el abono en la normativa aplicable, la jurisprudencia y los derechos del justiciable, este tribunal estima que no cabe acoger el presente recurso de amparo. Y de conformidad conlo dispuesto en los artículos 21 y 19 N° 7 de la Constitución Política de la República de Chile, los artículos 95 y siguientes del Código Procesal Penal, y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Augusto César Asenjo Molina Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-1376-2025.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintidós de octubre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Valeska Orellana Córdova, abogada, en representación de Augusto César Asenjo Molina, para interponer recurso de amparo constitucional en contra de la resolución dictada el 9 de octubre de 2025 por la Magistrada del Décimo Juzgado de Garantía de Santiago, doña Karin Soledad Bustamante Alvial
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