TORRES CALLORDA BERTA DEL CARMEN/SUPERINTENDENCIA DE SEGURO SOCIAL
Rol
Fecha
21 de octubre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: A folio 1, comparece Berta del Carmen Torres Callorda, quien interpone recurso de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, por el acto que considera arbitrario e ilegal consistente en la dictación de la Resolución Exenta N°R-01-S-101006-2025, de fecha 25 de julio de 2025, que confirmó el rechazo de las licencias médicas N°s 20519288-3, 20769207-7, extendida por un total de 60 días a contar del 3 de febrero del 2025, por reposo no justificado, además, confirma el rechazo de las licencias médicas N°s 21034858-1, 21295082-3, 21542735-8, las cuales fueron extendidas por un total de 90 días, todas bajo la misma causal de rechazo. Señala que dicho acto vulnera las garantías constitucionales consagradas en el artículo 19 N° 1 y N° 24 de la Constitución Política de la República. Manifiesta que tiene 60 años, y es paciente oncológica, diagnosticada con carcinoma mamario. Refiere que fue tratada inicialmente en el Hospital de Quilpué, donde se le realizó una mastectomía parcial en la mama izquierda. Señala que posteriormente fue derivada al Hospital Carlos Van Buren de Valparaíso para recibir radioterapia y quimioterapia, instalándose un catéter venoso central (en adelante CVC) en el lado derecho del tórax para administrar el tratamiento. La recurrente informa que en octubre de 2024, durante un control de limpieza del catéter, se detectó que el CVC se encontraba obstruido. Refiere que su médico del Hospital de Quilpué gestionó una derivación para su retiro al Hospital Carlos Van Buren. Sostiene que, hasta la fecha no se ha concretado el procedimiento, pese a múltiples solicitudes. Señala que en la actualidad se encuentra a la espera para permeabilización o retiro del CVC. Manifiesta que producto a esto ha sufrido mucho dolor al realizar esfuerzos físicos, generando un edema y sensibilidad en su extremidad superior derecha, donde está ubicado el CVC. Señala que, la obstrucción del catéter genera riesgo vital, ya que cualquier esfuerzo físico p
Fundamentos
considerando: I. En cuanto a la alegación de extemporaneidad: Primero: Que la alegación de extemporaneidad será desestimada, teniendo presente que el acto u omisión que se califica de ilegal y arbitrario es la dictación de la Resolución Exenta N°R-01-S-101006-2025, de fecha 25 de julio de 2025 y la presente acción se interpuso el 8 de agosto del presente año de tal manera que no transcurrió el plazo de treinta días establecido Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y
Fallo
Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales promulgado por la Excelentísima Corte Suprema. Sostiene que, en efecto, las licencias médicas en cuestión son las Folio N°s 20519288-3 y 20769207-7, sindicándose como hecho ilegal y arbitrario la dictación por parte de la SUSESO de la Resolución Exenta N° R-01-S-101006-2025, de fecha 25 de julio de 2025, en cuanto confirma el rechazo de las dos licencias médicas anteriormente individualizadas, junto con pronunciarse respecto a otras tres licencias médicas posteriores. Manifiesta que, en el libelo se omite mencionar que la referida resolución se pronuncia sobre una solicitud de reconsideración respecto de la Resolución Exenta N° R-01-UME-64100-2025 de 13 de Mayo de 2025 dictada por la propia SUSESO, que es en definitiva aquella que resuelve la reclamación deducida por la actora respecto de las resoluciones de COMPIN que rechazaron las aludidas dos licencias médicas. Sostiene que, de lo expuesto ad-supra se desprende que en lo que refiere a estas dos licencias médicas se trata de un procedimiento administrativo terminado mediante la resolución definitiva, firme y ejecutoriada dictada el 13 de Mayo de 2025, siendo éste y no otro el acto administrativo terminal que expresa la voluntad y decisión del órgano de la administración del Estado y respecto de la cual la señora Torres Callorda tomó conocimiento a lo menos el 19 de Mayo del mismo año 2025, pues es la fecha en la que dedujo la solicitud de reconsideración,
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintiuno de octubre de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1, comparece Berta del Carmen Torres Callorda, quien interpone recurso de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, por el acto que considera arbitrario e ilegal consistente en la dictación de la Resolución Exenta N°R-01-S-101006-2025, de fecha 25 de julio de 2025, que confirmó el rec
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