ANONIMIZADO
Rol
Fecha
21 de octubre de 2025
Materia
CUIDADO PERSONAL DEL NIÑO, MODIFICACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: 1º) Que la abogada Alejandra Acuña Mondaca deduce recurso de queja en contra de la jueza doña Paulina Alejandra Sierra Contreras del Juzgado de Familia de Peñaflor, por la grave falta y abuso cometida al dictar la resolución de catorce de octubre del año en curso, que rechazó el recurso de reposición interpuesto en contra de aquella que reprogramó la audiencia preparatoria. 2º) Que el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, dispone que el recurso de queja procederá cuando la falta o abuso reclamada se cometa en sentencia interlocutoria que ponga fin al juicio o haga...
Texto Completo (Preview)
CH (adb) San Miguel, veintiuno de octubre de dos mil veinticinco. Resolviendo la presentación de folio 1: A lo principal y primer otrosí: Vistos: 1º) Que la abogada Alejandra Acuña Mondaca deduce recurso de queja en contra de la jueza doña Paulina Alejandra Sierra Contreras del Juzgado de Familia de Peñaflor, por la grave falta y abuso cometida al dictar la resolución de catorce de octubre del año
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