JUZGADO DE FAMILIA ARICA

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

21 de octubre de 2025

Materia

ALIMENTOS

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Visto: Que el inciso séptimo del artículo 12 de la Ley N°14.908, señala que “La decisión que acoge la objeción a la liquidación, sea total o parcialmente sólo será impugnable por la contraparte mediante recurso de reposición y siempre que ésta no hubiere tenido ocasión de ser oída sobre la materia que se reclama. […] En contra de la resolución que resuelve la reposición no procederá recurso alguno. Tampoco será recurrible la resolución que rechaza la objeción a la liquidación”, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución dictada el veintidós de septiembre del año en curso, en la causa Rit ...

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución dictada el veintidós de septiembre del año en curso, en la causa Rit ...

Texto Completo (Preview)

Arica, veintiuno de octubre de dos mil veinticinco. Visto: Que el inciso séptimo del artículo 12 de la Ley N°14.908, señala que “La decisión que acoge la objeción a la liquidación, sea total o parcialmente sólo será impugnable por la contraparte mediante recurso de reposición y siempre que ésta no hubiere tenido ocasión de ser oída sobre la materia que se reclama. […] En contra de la resolución qu

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