JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE CONCEPCION

ALVARO FELIPE SCHULTZ JOFRE CON CONAVICOOP

Rol

Fecha

21 de octubre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO: En causa laboral RIT O-1595-2024 y RUC 24-4-0616727-1, sobre demanda por despido injustificado, indebido o improcedente, cobro de prestaciones e indemnizaciones -en procedimiento de aplicación general-, del ingreso del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, por sentencia definitiva de 14 de abril del año en curso, se decidió literalmente lo siguiente: “I.- Que, SE ACOGE, sin costas, la excepción de pago promovida por la demandada CONAVICOOP representada por MARCELO EUGENIO MUÑOZ LETELIER en contra del demandante ÁLVARO FELIPE SCHULTZ JOFRÉ,. II.- Que SE HACE LUGAR a la demanda promovida por ÁLVARO FELIPE SCHULTZ JOFRÉ, en contra de CONAVICOOP representada por MARCELO EUGENIO MUÑOZ LETELIER, todos ya individualizados sólo en cuanto se declara improcedente el despido del actor y se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: a) $9.926.691 por recargo del 30% calculado sobre la indemnización por años de servicios. b) $6.280.702 por descuento indebido del aporte a la cuenta del seguro de cesantía del demandante. III.- La suma indicada precedentemente deberá pagarse con los reajustes e intereses que establece el artículo 63 ó 173 del Código del Trabajo según corresponda. IV.- Que, cada parte pagará sus costas.” (sic). Respecto de este fallo, la parte demandada dedujo recurso de nulidad, invocando como causales, en primer lugar y en carácter de principal, la de infracción de ley con influencia sustancial en lo dispositivo del fallo, del artículo 477 del Código del Trabajo, en relación con el precepto legal que indica y, en subsidio, la misma causal, pero referida ahora a otras disposiciones legales que se dicen vulneradas; ambas causales sustentadas en lo que más adelante se dirá. Y en base a dichos motivos, solicitó la invalidación del fallo aludido y la dictación de uno de reemplazo, donde se rechace la demanda por despido improcedente o, en subsidio, se anule parcialmente el mismo en lo referente a la condena por los montos desconta

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, según lo señalado, la demandada recurrente ha deducido recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva más arriba singularizada, invocando como causal principal de invalidación la del artículo 477 del Código del Trabajo, específicamente la de infracción de ley con influencia sustancial en lo dispositivo del

Fallo

se declara improcedente el despido del actor y se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: a) $9.926.691 por recargo del 30% calculado sobre la indemnización por años de servicios. b) $6.280.702 por descuento indebido del aporte a la cuenta del seguro de cesantía del demandante. III.- La suma indicada precedentemente deberá pagarse con los reajustes e intereses que establece el artículo 63 ó 173 del Código del Trabajo según corresponda. IV.- Que, cada parte pagará sus costas.” (sic). Respecto de este fallo, la parte demandada dedujo recurso de nulidad, invocando como causales, en primer lugar y en carácter de principal, la de infracción de ley con influencia sustancial en lo dispositivo del fallo, del artículo 477 del Código del Trabajo, en relación con el precepto legal que indica y, en subsidio, la misma causal, pero referida ahora a otras disposiciones legales que se dicen vulneradas; ambas causales sustentadas en lo que más adelante se dirá. Y en base a dichos motivos, solicitó la invalidación del fallo aludido y la dictación de uno de reemplazo, donde se rechace la demanda por despido improcedente o, en subsidio, se anule parcialmente el mismo en lo referente a la condena por los montos descontados de la indemnización por años de servicio por los aportes al seguro de cesantía. Se procedió a la vista del recurso en audiencia, asistiendo y alegando los abogados de ambas partes litigantes. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, según lo señalado, la demanda

Texto Completo (Preview)

Concepción, martes veintiuno de octubre de dos mil veinticinco. VISTO: En causa laboral RIT O-1595-2024 y RUC 24-4-0616727-1, sobre demanda por despido injustificado, indebido o improcedente, cobro de prestaciones e indemnizaciones -en procedimiento de aplicación general-, del ingreso del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, por sentencia definitiva de 14 de abril del año en curso, se dec

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