ANONIMIZADO
Rol
Fecha
20 de octubre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo, además, presente: Que los argumentos vertidos por el abogado de la reclamante, no logran desvirtuar lo resuelto por el juez del a quo, en cuanto a que el reclamo fue presentado extemporáneamente, al tenor de lo dispuesto en el artículo 124 del Código Tributario, pues la reclamante fue notificado el día 9 de julio del año 2024, de conformidad al artículo 11 del Código Tributario, y el reclamo lo dedujo el día 9 de abril del año 2025, por lo que conforme a lo razonado, se confirma sin costas del recurso, la resolución apelada de cinco de mayo del año en curso, dictada por Tribunal Tributario y Aduanero de ...
Texto Completo (Preview)
CGR C.A. de Concepción. Concepción, veinte de octubre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo, además, presente: Que los argumentos vertidos por el abogado de la reclamante, no logran desvirtuar lo resuelto por el juez del a quo, en cuanto a que el reclamo fue presentado extemporáneamente, al tenor de lo dispuesto en el artículo 124 del Código Tributario, pues la reclamante fue notificado el día
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