C/ LUIS ALBERTO AVILA GARRIDO
Rol
Fecha
20 de octubre de 2025
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto y oídos los intervinientes: Que el hecho de haber advertido los funcionarios policiales a una distancia de tres metros, a las 11:35 horas, esto es, a plena luz del día, que una mujer recibe desde la vía pública una bolsa de nylon transparente de aquellas que se usan normalmente para dosificar droga, entregada por un hombre que, al ver la presencia policial, ingresó rápidamente al domicilio de la mujer; configura una situación de flagrancia en los términos del artículo 130 letra a) del Código Procesal Penal, que autorizó en este caso la detención del imputado con arreglo a lo que disponen los artículos 83, letra b) y 129 del mismo cuerpo legal. Por estas consideraciones, y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 132 bis y 370 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de veintisiete de agosto de dos mil veinticinco, dictada por el Segundo Juzgado de Garantía de Santiago, en autos RIT 7771-2025, y en su lugar se declara que la detención de que fue objeto el imputado Luis Alberto Ávila Garrido se ajustó a derecho. Comuníquese por la vía más rápida. Devuélvase la competencia.
Fallo
Por estas consideraciones, y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 132 bis y 370 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de veintisiete de agosto de dos mil veinticinco, dictada por el Segundo Juzgado de Garantía de Santiago, en autos RIT 7771-2025, y en su lugar se declara que la detención de que fue objeto el imputado Luis Alberto Ávila Garrido se ajustó a derecho. Comuníquese por la vía más rápida. Devuélvase la competencia.
Texto Completo (Preview)
CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, veinte de octubre de dos mil veinticinco. Sala: Cuarta Rol Corte: Penal-4549-2025 Ruc: 2501203057-9 Rit: O-7771-2025 Juzgado: 2º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: la Ministra señora Dobra Lusic Nadal, el Ministro (S) señor Matias Felipe De La Noi Merino y el Abogado Integrante señor Rafael Mauricio Plaza Reveco Relator: Daniel Vidal Digitadora: C
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