RICARDO CHACON OYARZO/ILTMA CORTE APELACIONES PUERTO MONTT
Rol
Fecha
20 de octubre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: 1. A folio 1 Pablo Sanhueza Muñoz, abogado defensor penal público, en representación de Ricardo Antonio Chacón Oyarzo, imputado en causa RIT N° 9604-2023 tramitada ante el Juzgado de Garantía de Puerto Montt, dedujo Acción Constitucional de Amparo contra la resolución de 30 de septiembre de 2025 dictada por la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, integrada por la Ministra Gladys Avendaño G., el Ministro Moisés Montiel T. y la Abogada Integrante María Olavarría P. por la cual revocaron una decisión de primer grado y mantuvieron la prisión preventiva del amparado. Indicó que Chacón Oyarzo fue formalizado el 8 de diciembre de 2023 oportunidad en la cual se decretó su prisión preventiva, ocurriendo que posteriormente, el 8 de octubre de 2024 fue reformalizado por hechos constitutivos de los siguientes delitos: 2 delitos de lesiones menos graves en VIF; 1 delito de incendio en lugar destinado a la habitación consumado; 1 delito de desacato en contexto de VIF; 1 delito de robo en lugar habitado; 1 delito de robo en lugar no habitado; y 3 delitos de incendio. Agregó que el 30 de septiembre de 2025 se llevó a cabo audiencia de revisión de la medida cautelar, en la cual el juzgado de garantía decretó la sustitución de la prisión preventiva del amparado por su arresto domiciliario total, arraigo nacional y prohibición de acercarse a los lugares de los hechos, sobre la base de que el Ministerio Público carecía de antecedentes para fundamentar presupuesto material para sostener la mayoría de las imputaciones. Tal decisión fue apelada por el Ministerio Público y la Corte de Apelaciones de Puerto Montt revocó la resolución de primera instancia ordenando mantener la prisión preventiva. Alega falta de fundamentación de esta última resolución ya que no entrega razones, no realiza análisis de antecedentes, no se hace cargo de las alegaciones en torno a la calificación jurídica distinta de los hechos y la ausencia de participación del encausado, lo que fue
Fundamentos
motivos expuestos y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia; Se rechaza la acción constitucional de amparo interpuesta a favor de Ricardo Antonio Chacón Oyarzo, en contra de la resolución de 30 de septiembre de 2025 dictada por la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad N°Amparo-383-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia. Valdivia, veinte de octubre de dos mil veinticinco. Visto: 1. A folio 1 Pablo Sanhueza Muñoz, abogado defensor penal público, en representación de Ricardo Antonio Chacón Oyarzo, imputado en causa RIT N° 9604-2023 tramitada ante el Juzgado de Garantía de Puerto Montt, dedujo Acción Constitucional de Amparo contra la resolución de 30 de septiembre de 2025 dictada por la Segunda Sa
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica