SIN INFORMACION

MARCOS ERNESTO RINCON JIMENEZ/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

20 de octubre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, en representación de Marcos Ernesto Rincón Jiménez, de nacionalidad venezolana, interpone acción constitucional de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, fundada en la omisión ilegal y arbitraria consistente en no haber emitido la orden de giro ni remitido al Ministerio del Interior el proyecto de decreto de carta de nacionalización solicitado el 24 de octubre de 2024, manteniendo el procedimiento sin avance. Expone que el recurrente ingresó al país como turista, obtuvo residencia temporal y posteriormente permanencia definitiva, encontrándose en situación migratoria regular. Precisa que, pese a haber cumplido con todos los requisitos legales, el Servicio no ha emitido el acto terminal correspondiente, infringiendo el Decreto Supremo N°5142 de 1960 y los artículos 83, 84 y 85 de la Ley N°21.325, que establecen la obligación de remitir el expediente al Ministerio del Interior. Sostiene que la omisión denunciada vulnera el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, en relación con los artículos 6, 7, 8, 9, 14, 24 y 27 de la Ley N°19.880, al desconocer los principios de celeridad, economía procedimental, conclusivo e inexcusabilidad que rigen el actuar de la Administración. Afirma que han transcurrido más de ocho meses desde la presentación de la solicitud, sin que exista pronunciamiento, configurándose un retardo injustificado. Descarta la procedencia del caso fortuito o fuerza mayor como justificación, sosteniendo que la sobrecarga administrativa no constituye un hecho imprevisible ni irresistible. Reitera que el procedimiento migratorio es reglado y que los plazos impuestos a la autoridad son de cumplimiento obligatorio, sin margen de discrecionalidad. Solicita se acoja el recurso de protección deducido, se ordene al Servicio Nacional de Migraciones emitir la orden de giro y remitir al Ministerio del Interior el proyecto de decreto de carta de nac

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte sobre la materia, se rechaza el recurso de protección deducido en favor de Marcos Ernesto Rincón Jiménez en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese. N°2838-2025 Protección.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veinte de octubre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, en representación de Marcos Ernesto Rincón Jiménez, de nacionalidad venezolana, interpone acción constitucional de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, fundada en la omisión ilegal y arbitraria consistente en no haber emitido la orden de giro n

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