LA VENTANA SPA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD COQUIMBO
Rol
Fecha
18 de octubre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece el treinta de julio de dos mil veinticinco, don Alfredo Marcelo Hervas Figueroa, comerciante, cédula de identidad N°14.400.578-3, en representación de la sociedad LA VENTANA SPA, sociedad del giro de venta al por menor de alimentos, bebidas y tabacos, ambos con domicilio en Avenida Manuel Baquedano N°817, comuna de Coquimbo, deduciendo recurso de protección en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO, domiciliada en Avenida Varela N°1112, comuna y ciudad de Coquimbo, por el acto ilegal y arbitrario del Consejo Municipal que resolvió la no renovación de su patente de alcoholes, lo que señala vulnerar sus garantías constitucionales consagradas en el artículo 19 N°2, N°21, N°22 y N°24 de la Constitución Política de la República. Expone, que el 28 de julio pasado comparece ante el Departamento de Patentes de la recurrida, para renovar su patente de alcoholes Rol N°400778 para el segundo semestre del 2025, y allí le informan que el Consejo Municipal el 9 de julio de 2025 acordó no renovar su patente, indicando que debía esperar la notificación del decreto respectivo. Y tras la revisión por el canal de YouTube de la recurrida, de la Sesión N°21 del Consejo edil, constató que su patente fue rechazada por 6 votos contra 5. Alega, que durante la votación no se expuso fundamento por parte de los concejales que votaron por el rechazo, ni se emitió razonamiento público sobre las causas específicas que justificaran la denegación, y la única referencia fue una minuta proyectada durante la sesión, que aludía genéricamente a la existencia de "infracciones normativas", sin precisar su naturaleza, vigencia, gravedad ni relación causal con la negativa a renovar. Señala sobre las infracciones, que su representada sólo registra dos, una por no solicitar cédula de identidad, la que fue sancionada con multa menor, y la otra por mantener un extracto legal no actualizado, por la que fue amonestada. Indica que, en contraste, respecto a la votación sometida de otra patente de otro local, posterior a la suya, fue aprobada pese a que se indicó que poseía tres infracciones, por lo que arguye que, la evidente disparidad en el tratamiento de situaciones sustancialmente iguales, sin expresión de fundamentos ni motivación racional, constituye una actuación arbitraria e ilegal, que lesiona derechos fundamentales garantizados por la Constitución. Refiere los derechos conculcados con el actuar ilegal y arbitrario de la recurrida, indicando la igualdad ante la ley, pues mediante la no renovación de la patente se ha establecido una diferencia arbitraria en relación a los otros contribuyentes sometidos a la misma decisión por dicho cuerpo colegiado y sin siquiera dar fundamentos de aquella diferenciación, ni constando aquello en el registro de la respectiva sesión. Luego se refiere al derecho a desarrollar cualquier actividad económica que no sea contraria a la moral, al orden público o a la seguridad nacional, respetando las normas legal
Fallo
se acuerda rechazar la renovación para el segundo semestre de 2025 de la patente de alcohol de minimarket de alcoholes, Rol N°400778, del contribuyente La Ventana Spa, Rut N°77.940.541-9, para el local ubicado en avenida Manuel Baquedano N°817, nombre de fantasía “La Ventana”. Luego se consignan los votos a favor y en contra. Sin perjuicio de lo que se dirá más adelante respecto del Decreto Exento 2025 del 31 de julio, que en definitiva es el acto administrativo que ejecuta la votación y decisión del Consejo Municipal recién transcrito, no es menos cierto que dicho acto no es el impugnado por el reclamante pues este planteó su recurso el 30 de julio recién pasado, comunicado que le fue el impedimento de renovación de su patente, y el referido decreto que le fue notificado de forma posterior. Que, oportuno es tener en consideración que el acto impugnado es un acto administrativo pues es una decisión escrita adoptada por la Administración, o sea, una decisión formal emitida por un órgano de la Administración del Estado que contiene una declaración de voluntad, realizada en el ejercicio de una potestad pública, en concreto es un acuerdo. (Artículo 3 Ley 19.880) SÉPTIMO: Que, consta que por Decreto Alcaldicio N°2055 de 31 de julio de 2025, se rechazó renovación de patente de alcohol de la sociedad recurrente, sustentada en la existencia de dos infracciones cursadas por Carabineros de Chile, y lo informado por los Juzgados de Policía Local, como las fiscalizaciones informadas po
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La Ventana Spa. I. Municipalidad de Coquimbo Recurso de protección Rol Nº1359-2025 La Serena, dieciocho de octubre de dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece el treinta de julio de dos mil veinticinco, don Alfredo Marcelo Hervas Figueroa, comerciante, cédula de identidad N°14.400.578-3, en representación de la sociedad LA VENTANA SPA, sociedad del giro de venta al por
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