2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

SOTO GONZALEZ GUIDO CON VALVULAS CHILE S.A.

Rol

1073-2022

Fecha

14 de febrero de 2023

Materia

Reforma Laboral

Resultado

ACOGE,UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA (M)

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Hechos

Vistos: En estos autos RIT O-7366-2020, RUC 2040030783-6, caratulados “Soto González con Válvulas Chile S.A.”, del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, por sentencia de veintidós de junio de dos mil veintiuno, se rechazó en todas sus partes la demanda de despido indebido. El demandante dedujo recurso de nulidad que fue rechazado por la Corte de Apelaciones de Santiago, mediante sentencia de diez de diciembre de dos mil veintiuno. En contra de esta decisión, la misma parte dedujo recurso de unificación de jurisprudencia. Se ordenó traer los autos en relación.

Fundamentos

Considerando: Primero: Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 483 y 483-A del Código del Trabajo, el recurso de unificación procede cuando respecto de la materia de derecho objeto del juicio, existen distintas interpretaciones sostenidas en uno o más fallos firmes emanados de los Tribunales Superiores de Justicia. La presentación debe ser fundada, incluir una relación precisa y circunstanciada de las divergencias jurisprudenciales y acompañar copia del o de los fallos que se invocan como criterios de referencia. Segundo: Que la materia de derecho propuesta consiste en “determinar que la circunstancia que el trabajador haya presentado la licencia médica en forma extemporánea y que le haya sido extendida retroactivamente, no puede afectar al hecho de que las ausencias al trabajo tengan el carácter de justificadas, lo que impide se configure la causal del artículo 160 N°3 del Código del Trabajo”. Reclama que la sentencia recurrida estima que el trabajador no estaba enfermo, conclusión fáctica que no se encuentra en el

Fallo

fallo de la instancia, y conforme lo ha reconocido la doctrina en los fallos de contraste, es dable entender que la duración del reposo señalado en la licencia por el profesional que la otorga tiene eficacia respecto del trabajador y del cumplimiento de sus obligaciones laborales, conducta que involucra el derecho a la protección de la salud y como tal prerrogativa forma parte de las contingencias que debe asumir el empleador al suscribir una convención de esa naturaleza. Solicita acoger su recurso, anular la sentencia recurrida y dictar sentencia de reemplazo en el sentido que propone. Tercero: Que, para la acertada resolución de la materia controvertida, se deben considerar, en forma previa, los hechos establecidos en la sentencia de la instancia: 1. Que el actor fue despedido en virtud de la causal contenida en el artículo 160 N°3 del Código del Trabajo, por las inasistencias de los días 1, 14 y 22 de septiembre de 2020; 2. Que el trabajador efectivamente se ausentó de sus funciones los días antes referidos; 3. Que, en los días en cuestión, el actor no presentó licencia o certificado médicos, tampoco se comunicó con su empleador para advertirle algún impedimento o embarazo para presentarse a sus labores; 4. Que, el día 23 de septiembre de 2020, el actor concurrió a prestar servicios, sin presentar dolencias de ningún tipo hasta el momento en que se le informó de su despido; 5. Que el 23 de septiembre de 2020 se emitió a medio día, una licencia médica electrónica a favor d

Texto Completo (Preview)

Santiago, catorce de febrero de dos mil veintitrés. Vistos: En estos autos RIT O-7366-2020, RUC 2040030783-6, caratulados “Soto González con Válvulas Chile S.A.”, del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, por sentencia de veintidós de junio de dos mil veintiuno, se rechazó en todas sus partes la demanda de despido indebido. El demandante dedujo recurso de nulidad que fue rechazado p

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