JUZGADO DE GARANTIA DE PUERTO MONTT

MP C/ AURELIO DANIEL RIVAS MAGDALERO

Rol

Fecha

17 de octubre de 2025

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: 1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por el Ministerio Público en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que sustituyó la medida cautelar de prisión preventiva decretando, en su lugar, el arresto domiciliario total y arraigo nacional respecto del imputado. 2º) Que, del mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desprende que, en este estadio procesal, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que en ellos se le atribuyen al imputado, lo que no fue discutido en la audiencia. 3°) Que, con respecto a la necesidad de cautela prevista en la letra c) del mismo artículo, ésta sólo se ve resguardada con la medida de prisión preventiva, teniendo en consideración las circunstancias y modalidades de comisión del delito de tráfico de drogas en pequeñas cantidades por el cual se formalizó la investigación y la falta de antecedentes de arraigo social al encontrarse en situación migratoria irregular, son antecedentes que permiten estimar que la libertad del imputado, por medio de la aplicación de una cautelar menos gravosa, importa un peligro para la seguridad de la sociedad y riesgo de fuga, no habiendo variado sustancialmente los antecedentes que se tuvieron en vista al momento de decretarla. Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140, 155 y 370 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución en alzada de fecha diecisiete de octubre del año en curso, pronunciada por el Juez Suplente del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, don Alejandro Tenorio Ojeda, que dispuso las medidas cautelares de arresto domiciliario total y arraigo nacional respecto del imputado Aurelio Daniel Rivas Magdalero;

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140, 155 y 370 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución en alzada de fecha diecisiete de octubre del año en curso, pronunciada por el Juez Suplente del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, don Alejandro Tenorio Ojeda, que dispuso las medidas cautelares de arresto domiciliario total y arraigo nacional respecto del imputado Aurelio Daniel Rivas Magdalero; y, en su lugar, se decreta mantener la medida cautelar de prisión preventiva respecto de aquél. Téngase por notificados a los intervinientes en este acto. Devuélvase. Rol Penal N°1258-2025.-

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, diecisiete de octubre de dos mil veinticinco. Vistos: 1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por el Ministerio Público en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que sustituyó la medida cautelar de prisión preventiva decretando, en su lugar, el arresto domiciliario total y arraigo nacional respecto del imputa

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