CRIOLLO CULQUICONDOR, ADERLI/GENDARMERIA DE CHILE
Rol
Fecha
17 de octubre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece doña Paola Sepúlveda Santibáñez, en representación de don ADERLY CRIOLLO CULQUICONDOR Cédula de Identidad N°14.883.266-8, interponiendo acción constitucional de amparo en contra de Gendarmería de Chile. Expone que el amparado ha sido condenado a la pena de 7 años y un día de presidio mayor en su grado máximo, actualmente se encuentra recluido en el módulo número 2 del Complejo Penitenciario de La Serena, contexto en el que ha recibido una serie de amenazas y acusaciones sin fundamento por parte del personal Gendarmería de Chile, que lo han llevado sin justificación y motivos aparentes al cambio de módulos sin el resguardo y protocolos necesarios para su consecución. Agrega que, los motivos que determinó Gendarmería de Chile para trasladar al amparado Aderly Criollo Culquicondor se fundan en la Resolución Exenta N° 4235/2024, de fecha 05 de Julio de 2024, en donde se señala que una serie de internos deben ser trasladados por ser lideres negativos, participar en riñas con resultado de muerte y lesiones graves, además de reiteradas incautaciones de sustancias ilícitas en los módulos por lo cual se ordena el traslado por medidas de seguridad institucional y segmentación agotada. Estas acusaciones se realizan de manera genérica y se incluye a su representado en dicha lista de traslado, al azar y sin fundamentar la resolución exenta respecto de este, quien a la fecha y desde su condena tiene conducta intachable. Refiere que el actuar de Gendarmería ha ocasionado en el amparado una sensación de soledad, con un malestar emocional por haber sido privado abruptamente de sus visitas, las cuales las realizan sus familiares directos, quienes son su red de apoyo constante y cercana como su señora y sus hijos, los cuales viven todos en la ciudad de Piura, Perú. Ha sido desarraigado de su familia de origen y de sus redes de apoyo que están en la ciudad fronteriza con Chile, donde contaba con lazos familiares significativos, Pide previas citas legales, acogerlo en todas partes, y revertir la decisión de Gendarmería del Centro Penitenciario de Arica, y trasladen nuevamente al amparado ese Centro Penitenciario. SEGUNDO: Que a folio 6, evacuó informe doña Jessica Vargas Gallardo, abogada, en representación de Gendarmería de Chile, Dirección Regional Coquimbo, solicitando el rechazo del recurso intentado. Manifiesta que el amparado se encuentra cumpliendo condena y que, desde agosto de 2024, se encuentra en el Centro Penitenciario de La Serena. Además, el condenado tiene un alto compromiso delictual. Agrega, que todo el procedimiento fue realizado acorde a las normas de gendarmería, específicamente conforme el decreto 518 artículo 28 sobre medidas de seguridad al interior de recintos penitenciarios. Que, además se encuentran oficios tanto del jefe de la unidad CP de Arica y de la autoridad Regional, en la que exponen la necesidad de traslado de los internos, en razón de hechos violentos, riñas y agresiones. Asimismo, es sind
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Criollo Culquicondor, Aderly Gendarmería de Chile Recurso de amparo Rol N° 602-2025.- La Serena, diecisiete de octubre de dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece doña Paola Sepúlveda Santibáñez, en representación de don ADERLY CRIOLLO CULQUICONDOR Cédula de Identidad N°14.883.266-8, interponiendo acción constitucional de amparo en contra de Gendarmería de Chile. Expone
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