Jdo. de Letras de Villa Alemana

VERA/STAFF JURIDICO LIMITADA

Rol

J-8-2022

Fecha

6 de noviembre de 2023

Materia

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

visto lo dispuesto en los art culos 463, 464, 470, 473 del C digo delí ó Trabajo, 1567, 1568, 1590 y siguientes, 1698 y siguientes del C digo Civil,ó T tulos I y II del Libro Tercero del C digo de Procedimiento Civil, se resuelve:í ó I. Que se rechaza la excepci n de pago parcial, opuesta por ó STAFF JUR DICO LIMITADAÍ , representada legalmente por don RAIMUNDO BRAVO LVAREZÁ , debiendo seguirse adelante la ejecuci n hasta que se haga entero yó cumplido pago a la parte ejecutante, con intereses y reajustes. II. Que se condena en costas a la parte ejecutada. Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad. í í í RIT: J-8-2022 RUC: 22-3-0240293-4 Dictada por do a ñ Andrea Mu oz Saavedrañ , Juez Suplente, Juzgado de Letras de Villa Alemana. Se deja constancia del cumplimiento de lo dispuesto en el inciso final del art culo 162 del C digo de Procedimiento Civil.í ó En Villa Alemana a seis de noviembre de dos mil veintitr sé , se notificó por el estado diario la resoluci n precedente.ó Código: BFWRXJZZTCC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-11-06T13:18:37-0300

Fundamentos

motivos la excepci n ser rechazada, sin perjuicio de laó á imputaci n que pueda alegarse al monto adeudado.ó Y visto lo dispuesto en los art culos 463, 464, 470, 473 del C digo delí ó Trabajo, 1567, 1568, 1590 y siguientes, 1698 y siguientes del C digo Civil,ó T tulos I y II del Libro Tercero del C digo de Procedimiento Civil,

Fallo

se declararon admisibles las excepciones y se recibieron a prueba, notific ndose a las partes.á Que con fecha 25 de octubre de 2023 se cita a las partes para o rí sentencia. CONSIDERANDO. PRIMERO: Que la actora funda su demandan, se alando que ñ consta en el finiquito laboral de fecha 20 de julio de 2022, suscrito ante don Vladimir Rojas Frost, fiscalizador, Ministro de Fe de la Direcci n del Trabajo, que laó demandada se oblig a pagar la suma de ó $17.685.891 (diecisiete millones seiscientos ochenta y cinco mil ochocientos noventa y un pesos). De las sumas se aladas, la demandada s lo pag ntegramente las cuotasñ ó ó í N° 1 y 2. De la cuota N°3 realiz un pago parcial de ó $1.470.749, dejando un saldo pendiente de $600.000, por dicha cuota. Agrega que la demandada no s lo dej un saldo pendiente de la cuotaó ó N° 3, sino que tampoco ha dado cumplimiento al pago de la cuota N° 4 habiendo vencido el plazo pactado para ello. Previa cita de las disposiciones legales y de acuerdo a lo estipulado en la cl usula sexta del finiquito mencionado, solicita el pago del monto total de laá deuda a la fecha, lo que asciende a $15.594.747 (quince millones quinientos noventa y cuatro mil setecientos cuarenta y siete pesos), m s intereses y reajustesá legales, con costas. SEGUNDO: Que el ejecutado funda su excepci n de pago parcial, queó respecto a la deuda liquidada, con fecha 29-11-2022, por el monto de $16.513.645 pesos, se acompa a comprobante de pago parcial de la deuda, por elñ Códi

Texto Completo (Preview)

Villa Alemana, seis de noviembre de dos mil veintitr sé . VISTOS. Que con fecha 23 de noviembre de 2022, comparece do a ERICKAñ VERA OHBERG, abogada, domiciliada en calle Heriberto Covarrubias N°30, departamento 904, u oa, Santiago, e interpone demanda en contra de Ñ ñ STAFF JUR DICO LIMITADAÍ , RUT: 76.001.521-0, representada legalmente por don RAIMUNDO BRAVO LVAREZÁ , empresario, c dula naciona

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