CLORISE JEAN /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
16 de octubre de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de Clorise Jean, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber dictado la Resolución Exenta N°24576896, de 16 de diciembre de 2024, mediante la que rechazó su solicitud de residencia definitiva y dispuso el abandono del país, vulnerando su libertad personal. Expone que su solicitud de residencia definitiva fue rechazada por no acompañar copia de la sanción por residir en el país con el permiso de residencia vencido y dicho documento lo acompaña a su recurso. Afirma que el recurrido desconoce el arraigo familiar, laboral y social de la amparada en el país, dejándola en un estado de incertidumbre, toda vez que cumple con los requisitos para optar al beneficio impetrado. Solicita que se acoja el recurso y se ordene al recurrido continuar con el procedimiento a fin de regularizar su situación o bien se adopten las medidas pertinentes para corregir la vulneración indicada. A folio 6, informa el Servicio Nacional de Migraciones, manifestando que el 14 de marzo de 2022, la recurrente solicitó residencia definitiva, a la que postuló encontrándose irregular en el territorio nacional, dado que su permiso de residencia anterior venció el 6 de junio de 2020. Refiere que la amparada no remitió la sanción por residencia irregular tras haberle comunicado que se encontraba en causal de rechazo, por lo que mediante la resolución que se reclama rechazó la solicitud de residencia definitiva. Advierte que el comprobante acompañado da cuenta que la multa fue pagada con posterioridad a la resolución dictada. Sostiene que la autoridad migratoria se encuentra siempre, en principio, obligada a disponer el abandono del territorio nacional de cualquier extranjero cuya solicitud de residencia haya sido rechazada con arreglo a la ley, conforme al artículo 91 N°4 de la Ley N°21.325, siendo una orden de carácter voluntario para el solicitante de permanencia definitiva. A folio 7, se ordenó traer los autos en relación.
Fundamentos
considerando: Primero: Que, la acción de amparo garantiza a toda persona que ilegalmente sufra cualquier privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual, la posibilidad de recurrir ante la respectiva magistratura, para que dicte en tal caso las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Segundo: Que, lo pretendido por la amparada mediante el ejercicio del presente arbitrio, es que se deje sin efecto la resolución impugnada y se ordene al recurrido continuar con el procedimiento a fin de regularizar su situación o bien se adopten las medidas pertinentes para corregir la vulneración indicada. Tercero: Que, el artículo 11 de la Ley N°19.880 dispone en su inciso 2° que: "Los hechos y fundamentos de derecho deberán siempre expresarse en aquellos actos que afectaren los derechos de los particulares, sea que los limiten, restrinjan, priven de ellos, perturben o amenacen su legítimo ejercicio, así como aquellos que resuelvan recursos administrativos". Cuarto: Que, del análisis de la resolución objetada, es posible concluir que el Servicio incumple con lo dispuesto en el artículo 11 de la ley de Bases del Procedimiento Administrativo pues no señala cómo los hechos indicados permiten motivar la decisión de rechazar la solicitud de residencia definitiva y ordenar el abandono del país, toda vez, que aun en forma extemporánea, el mismo recurrido reconoce el pago de la multa. Quinto: Que, en consecuencia, el rechazo de la residencia requerida y la orden de abandono decretada, resultan desproporcionados, considerando los antecedentes precedentemente expuestos, lo que amenaza su libertad personal, toda vez que, de no cumplir voluntariamente con el abandono impuesto, faculta a la autoridad migratoria disponer su expulsión del país, de acuerdo con lo previsto en el artículo 127 numeral tercero de la Ley N°21.325. Las circunstancias antes anotadas y la vulneración de la normativa antes referida determinan que la decisión de la autoridad migratoria sea ilegal, motivos por los cuales se acogerá este arbitrio en la forma que se dirá en lo resolutivo.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 19 N° 7 y 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre la materia, se acoge, sin costas, la acción de amparo deducida en favor de Clorise Jean, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, y en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Exenta N°24576896, de 16 de diciembre de 2024, de dicho organismo, debiendo la autoridad recurrida reabrir el procedimiento, otorgar a la amparada un plazo no inferior a 90 días para acreditar el pago de la multa impuesta, habilitando el enlace correspondiente en la página web del Servicio, si fuere del caso, y transcurrido dicho plazo, deberá efectuar una nueva revisión documental, resolviendo la solicitud de residencia como en derecho corresponda. Se previene que el Ministro Sr. García estuvo por acoger el recurso para el solo efecto de suspender la orden de abandono dispuesta en el acto administrativo que se cuestiona, hasta la emisión de un nuevo pronunciamiento teniendo en consideración los antecedentes acompañados por la amparada. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-3467-2025. En Valparaíso, dieciséis de octubre de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
Edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, dieciséis de octubre de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de Clorise Jean, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber dictado la Resolución Exenta N°24576896, de 16 de diciembre de 2024, mediante la que rechazó su solicitud de residencia definitiva y dispuso el abandono del país, vulnerando su libertad p
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica