JUZGADO DE GARANTIA DE CHILLAN

MP C/ ARIEL JOSE MEDINA VERGARA

Rol

Fecha

16 de octubre de 2025

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y teniendo presente: 1.- Que, el Ministerio Público se ha alzado en contra de la resolución que no hizo lugar a imponer la prisión preventiva del imputado Ariel Medina Vergara, quien fue formalizado por el delito de robo en lugar habitado. 2.- Que, el juez a-quo dio por concurrentes los presupuestos materiales del ilícito formalizado, sin perjuicio de lo cual, denegó la prisión preventiva, por carecer, el encartado, de antecedentes pretéritos, y por no ser indispensable dicha medida para los fines del procedimiento. 3.- Que, conforme al mérito de los antecedentes de la investigación, expuestos por la Fiscalía, por ahora, sólo cabe compartir el criterio del juez de primera instancia, cuando estimó concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, sin perjuicio de lo que pueda resolverse con mejores y mayores elementos. 4.- Que, en cuanto a la necesidad de cautela, atendido lo razonado previamente, resulta acertado lo resuelto por el juez de primer grado, en orden a no estimarse justificada la cautelar que se revisa, por favorecerle al imputado la irreprochable conducta anterior, y eventualmente poder optar a una pena sustitutiva, resultando proporcional las cautelares impuestas. Y, visto, además, lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada dictada en audiencia de quince de octubre del año en curso, que no decretó la prisión preventiva del imputado Medina Vergara. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Arcos, quien fue de parecer de revocar la resolución en alzada, e imponer en cambio la prisión preventiva, desde que el delito formalizado se castiga con pena de crimen, y en esta audiencia se ha dado cuenta de otras investigaciones contra el imputado que la justifican. Téngase por notificados a los intervinientes. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. N°Penal-850-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Chillán ACT/alf Chillán, dieciséis de octubre de dos mil veinticinco. Visto y teniendo presente: 1.- Que, el Ministerio Público se ha alzado en contra de la resolución que no hizo lugar a imponer la prisión preventiva del imputado Ariel Medina Vergara, quien fue formalizado por el delito de robo en lugar habitado. 2.- Que, el juez a-quo dio por concurrentes los presupuestos materiales del

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica