PONCE/ILMA. CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO
Rol
13156-2023
Fecha
13 de febrero de 2023
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLE RECURSO DE HECHO
Hechos
Visto y teniendo presente: 1.- Que el abogado Eduardo Toro Ramírez, en representación de la parte solicitante, deduce recurso de hecho en contra de la resolución dictada por una Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago que declaró inadmisible la apelación deducida en contra de aquella de primer grado que rechazó la solicitud de liquidación voluntaria. 2° Que el recurso de hecho está previsto para ser conocido por un tribunal de segundo grado, es decir, por aquel que resulta competente para resolver del recurso de apelación que lo motiva. 3° Que en conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 del Código Orgánico de Tribunales, la Corte Suprema es -en general- un tribunal de casación, y sólo por excepción constituye un tribunal de segunda instancia, para aquellos casos en que la ley expresamente así lo ha dispuesto. 4° Que examinados los antecedentes se observa que el caso propuesto no se aviene con la competencia asignada a esta Corte Suprema ni se encuentra comprendido en alguna de las hipótesis de excepción en que deba conocer de los asuntos como tribunal de alzada, motivo por el cual el recurso de hecho deducido es improcedente. Por estas consideraciones y de conformidad además con lo dispuesto en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de hecho deducido. Al primer otrosí: a sus antecedentes Al segundo otrosí: estese al mérito de lo resuelto. Regístrese y comuníquese. Nº 13.156-23.-
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad además con lo dispuesto en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de hecho deducido. Al primer otrosí: a sus antecedentes Al segundo otrosí: estese al mérito de lo resuelto. Regístrese y comuníquese. Nº 13.156-23.-
Texto Completo (Preview)
Santiago, trece de febrero de dos mil veintitrés. Visto y teniendo presente: 1.- Que el abogado Eduardo Toro Ramírez, en representación de la parte solicitante, deduce recurso de hecho en contra de la resolución dictada por una Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago que declaró inadmisible la apelación deducida en contra de aquella de primer grado que rechazó la solicitud de liquidación volu
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