JUZGADO DE GARANTIA DE ARICA

MINISTERIO PUBLICO C/ RODRIGO APAZA HUANCA

Rol

Fecha

13 de octubre de 2025

Materia

RECEPTACION DE VEHICULOS MOTORIZADOS

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que los argumentos vertidos en el recurso de apelación interpuesto por la Defensa Penal Pública estriban, en suma, en que si bien existen los incumplimientos, éstos se encuentran, a su criterio, justificados, toda vez que el penado tendría “situaciones de índole familiar” que le significaban viajar constantemente, y que además se encontraría en proceso de reinserción social, debidamente apadrinado y con domicilio estable. SEGUNDO: Que, del estudio de los antecedentes y de lo expuesto además de forma detallada por la jueza de primera instancia en la resolución recurrida, se extrae que: 1° El sentenciado fue condenado el 6 de julio de 2023, disponiéndose como pena sustitutiva la reclusión parcial nocturna domiciliaria, con tobillera electrónica. 2° Que desde dicha época y hasta el 17 de octubre de 2023, se informaron por Gendarmería de Chile 39 incumplimientos del condenado, motivo por el cual, a solicitud del propio condenado, el tribunal modificó la forma de control, disponiendo la supervisión por parte de Carabineros de Chile, en un intento por facilitar el cumplimiento de la pena sustitutiva. 3° Pese a lo anterior, se informaron 9 nuevos incumplimientos, lo que derivó en que el 1 de junio de 2024, el tribunal intensificara la pena, ordenando su cumplimiento nocturno en dependencias de Gendarmería de Chile. 4° Que, desde dicha época, Gendarmería reportó 38 inasistencias del penado a cumplir con la reclusión nocturna en las dependencias del centro penitenciario. TERCERO: Que, en estos términos, el comportamiento del condenado evidencia una falta de voluntad real de someterse a las condiciones de la pena sustitutiva, eje central para la aplicación de la Ley N°18.216. La cantidad de incumplimientos, pese a los diversos intentos del tribunal por facilitar el cumplimiento del penado, demuestra una transgresión contumaz y reiterada de las obligaciones impuestas en todas las modalidades que se le otorgaron, configurándose, en consecuencia, la causal

Fundamentos

considerando la cantidad total de incumplimientos, el tiempo transcurrido desde la imposición de la pena, y las diversas formas de cumplimiento que se han otorgado durante el tiempo, máxime teniendo presente que nada ha aclarado respecto de cuáles serían los problemas familiares a que alude y que, salvo sus propios dichos, no ha aportado en ni en la instancia ni en estrados antecedente alguno que respalde sus alegaciones.

Fallo

Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 370 y siguientes del Código Procesal Penal, en relación con el artículo 37 de la Ley N° 18.216, SE CONFIRMA la resolución de treinta de septiembre de dos mil veinticinco, dictada en los autos RIT N° 556-2023 del Juzgado de Garantía de Arica, que revocó la pena sustitutiva de reclusión parcial nocturna impuesta al sentenciado Rodrigo Apaza Huanca, disponiendo su cumplimiento efectivo. Regístrese, comuníquese y devuélvase. Rol N° 710-2025 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.

Texto Completo (Preview)

Corte de Apelaciones de Arica. En Arica, a trece de octubre de dos mil veinticinco. Sala: Primera Sala Rol: 710-2025 Penal Ruc: 2300103717-K RIT: 556 – 2023 Tribunal: Tribunal de Garantía de Arica Integrantes: Ministros señor Marco Flores Leyton, señora Claudia Arenas González y señora Juana Ríos Meza. Relator (a): Joan Arce Silva Digitador (a): Mariela Canchaya Carrasco Fiscal/Abogado

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