SIN INFORMACION

VÁSQUEZ/CÁRDENAS

Rol

Fecha

13 de octubre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: 1.- A folio 1 recurre de protección don RAUL ROSENDO VASQUEZ GALLARDO, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VALDIVIA, representada por su alcaldesa y en contra de don DANIEL JOB CARDENAS NAVARRETE, quien sostiene que el día 11 de agosto de 2025, concurre al Cementerio General de Valdivia, con el fin de trasladar de sepultura a su hijo fallecido en julio de 2024, petición de traslado que fue rechazada por el Cementerio Municipal, fundado en que el artículo 55 del Reglamento General de Cementerios, solo lo permite a las personas que en dicha norma se indican. Explica que cuando fallece su hijo el 2024, no tenía donde sepultarlo, por lo cual el padre de la pareja de aquél, quien es el otro recurrido, facilita una sepultura de su familia. Añade que ha realizado todas las gestiones para dicho traslado, pero ha recibido solo negativas, las que son ilegales y arbitrarias, ya que afecta el derecho de los familiares directos para decidir el destino de su ser querido, indica como vulnerado el derecho a la integridad psíquica, a la honra y memoria del difunto y el derecho de propiedad. Solicita, se acoja el recurso de protección y se ordene al Cementerio Municipal de Valdivia, que autorice el traslado de los retos mortales de su hijo, con costas. 2.- A folio 9 informa la Municipalidad de Valdivia, solicitando se desestime el recurso de protección; por cuanto el Cementerio Municipal se ha sujetado a la normativa que rige la materia, al momento de rechazar la solicitud del recurrente de traslado de sepultura de su hijo, por cuanto las solicitudes de traslado interno o externo de un cadáver solo las puede efectuar el pariente más cercano o de terceros según orden del artículo 73 del Reglamento General de Cementerios, en relación al artículo 55 del mismo Reglamento, no estando en ninguna de esas hipótesis el recurrente. Añade que, tampoco procede la autorización del traslado por la autoridad administrativa, pues en el caso en concreto debe efectuarse la petición por q

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto por RAUL ROSENDO VASQUEZ GALLARDO, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VALDIVIA, y de don DANIEL JOB CARDENAS NAVARRETE. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-822-2025.

Texto Completo (Preview)

Valdivia, trece de octubre de dos mil veinticinco. VISTOS: 1.- A folio 1 recurre de protección don RAUL ROSENDO VASQUEZ GALLARDO, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VALDIVIA, representada por su alcaldesa y en contra de don DANIEL JOB CARDENAS NAVARRETE, quien sostiene que el día 11 de agosto de 2025, concurre al Cementerio General de Valdivia, con el fin de trasladar de sepultura a su hijo

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