1º JUZGADO DE FAMILIA SAN MIGUEL

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

13 de octubre de 2025

Materia

ALIMENTOS

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, del que se desprende que en el artículo 19 quinquies de la Ley N°14.908 se establece el adverbio “siempre que” y concurriendo los requisitos que la norma prescribe, y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N°19.968, se revoca la resolución apelada, de nueve de mayo del año en curso, dictada por el 1°Juzgado de Familia de San Miguel, en la causa Rol: Z-909- 2020 y, en su lugar, se declara que deberá iniciarse nuevamente el procedimiento extraordinario. Devuélvase. N° Familia-760-2025

Fallo

se declara que deberá iniciarse nuevamente el procedimiento extraordinario. Devuélvase. N° Familia-760-2025

Texto Completo (Preview)

C.A. de San Miguel San Miguel, trece de octubre de dos mil veinticinco Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, del que se desprende que en el artículo 19 quinquies de la Ley N°14.908 se establece el adverbio “siempre que” y concurriendo los requisitos que la norma prescribe, y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N°19.968, se revoca la resolución apelada, de

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