PUERTA/ACCIONA AIRPORT SERVICES CHILE SPA
Rol
Fecha
13 de octubre de 2025
Materia
RECARGOS
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo únicamente presente: Lo expresado en las páginas 12 y 13 del libelo, esto es, que la separación de la actora se hizo efectiva el día 30 de mayo, sólo es posible concluir que,
Fundamentos
considerando su fecha de interposición, la demanda habría sido deducida dentro del plazo previsto en el inciso final del artículo 486, en relación con el artículo 168, ambos del Código del Trabajo; y sin perjuicio de lo que se pueda resolver con nuevos y mejores antecedentes en las etapas procesales pertinentes, se revoca la resolución de veinte de agosto del año en curso, solo en cuanto por ella declara la caducidad de las acciones de tutela laboral y despido injustificado, recargo legal y restitución del aporte patronal al fondo de cesantía, y en su lugar
Fallo
se decide que ellas quedan admitidas a tramitación, debiendo el tribunal a quo resolver lo pertinente para darles curso. Comuníquese. N° Laboral - Cobranza-3186-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, trece de octubre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo únicamente presente: Lo expresado en las páginas 12 y 13 del libelo, esto es, que la separación de la actora se hizo efectiva el día 30 de mayo, sólo es posible concluir que, considerando su fecha de interposición, la demanda habría sido deducida dentro del plazo previsto en el inciso final del artículo 486, en r
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