10º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

MP C/ GUILLERMO ANDRES MORAGA BARRA

Rol

Fecha

13 de octubre de 2025

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Que, de acuerdo al mérito de lo expuesto en la audiencia, las objeciones de la defensa en relación a la inexistencia de los requisitos del artículo 140 letra a) del Código Procesal Penal, carecen de asidero, porque la conducta que se le atribuye al imputado se basa en el contexto de un concierto delictivo entre los agentes, evidenciado en imágenes de video de la autopista, que dan cuenta de un designio delictivo único, en que se obstaculiza el acceso vehicular para cometer el delito de robo, intimidando uno de los agentes a la víctima mientras los demás, se apropian de sus pertenencias, realizando todos los partícipes acciones complementarias, racionalmente encaminadas a la comisión del ilícito, en lo que podría entenderse como una forma de participación en que cada enjuiciado tiene en los hechos, una participación necesaria, con pleno dominio del hecho. Además, no se controvierte la letra b) de la misma norma, dadas las inculpaciones de los testigos y la circunstancia de encontrarse en su poder al ser detenido especies de propiedad del afectado. Finalmente, en relación con lo dispuesto en la letra c) de la norma antes mencionada, del mérito de los reprochables antecedentes anteriores del imputado, del tener medidas cautelares vigentes a la época de la comisión del ilícito, de la gravedad de la pena asignada al delito, el haber actuado en grupo o pandilla, los bienes jurídicos propios del delito pluriofensivo formalizado, la sanción legal probable y forma eventual de cumplimiento de la misma, permiten vislumbrar que sólo la prisión preventiva garantiza los fines del procedimiento. Y de conformidad además con lo dispuesto en el artículo 352 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de cuatro de octubre de dos mil veinticinco, pronunciada por el 10° Juzgado de Garantía de Santiago, que decretó la prisión preventiva del imputado Guillermo Andres Moraga Barra. Devuélvase. N° 3383-2025-Penal.

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San Miguel, trece de octubre de dos mil veinticinco. Sala: Tercera Rol Corte: Penal-3383-2025 Ruc: 2501404084-9 Rit: 2490-2025 10° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO Relator: Emil Ibarra Sáez Caratulado: MP. C/ GUILLERMO ANDRES MORAGA BARRA Tipo de Recurso: Penal-cautelar personal. Escritos proveídos en audiencia: 2 San Miguel, trece de octubre de dos mil veinticinco. Vistos: Que, de acuerdo al mé

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