MP C/ JOSE LUIS ANDANA CACERES
Rol
Fecha
11 de octubre de 2025
Materia
LESIONES MENOS GRAVES. ART. 399.
Resultado
CONFIRMADA/COMUNICAR
Hechos
C.A. de Talca Talca, once de octubre de dos mil veinticinco. Visto, oídos los intervinientes y
Fundamentos
considerando: I.- Que con los antecedentes oídos en audiencia se desprende que la conducta desplegada por el imputado en perjuicio de la ofendida, su madre, ha sido reiterada en el tiempo, lo que hace previsible considerar que se encuentra en una situación de riesgo, que debe ser cautelada a través de las medidas que aseguren su integridad, máxime si actualmente tiene 74 años. II.- Que, sin perjuicio de la forma en que se resolverá, resulta significativo para estos resolutores que el primer hecho formalizado acaeció el 9 de febrero de 2023, y de acuerdo a lo dado a conocer por el propio ministerio público, el imputado fue condenado el 24 de agosto de 2023 por un delito distinto, consecuencialmente, es llamativo que la víctima haya permanecido sin resguardo de alguna medida cautelar, no obstante el imputado fue habido al momento de dictar esa sanción en su contra, lo que conllevó a que la ofendida fuera, al menos en una ocasión más, en el mes de septiembre del año siguiente, nuevamente agredida por su hijo, de acuerdo a lo señalado en la comunicación de cargos. Y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada en audiencia de cuatro de octubre del año en curso, que decretó la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto del imputado JOSÉ LUIS ANDANA CÁCERES, inserta en la carpeta virtual RIT 4680-2025 del Juzgado de Garantía de Talca. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. N°Penal-1518-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Talca Talca, once de octubre de dos mil veinticinco. Visto, oídos los intervinientes y considerando: I.- Que con los antecedentes oídos en audiencia se desprende que la conducta desplegada por el imputado en perjuicio de la ofendida, su madre, ha sido reiterada en el tiempo, lo que hace previsible considerar que se encuentra en una situación de riesgo, que debe ser cautelada a través de la
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