2º JUZGADO POLICIA LOCAL DE SANTIAGO

RESTAURANT-BAR EL CAFETAL SPA/I, MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO

Rol

Fecha

10 de octubre de 2025

Materia

APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus

Fundamentos

motivos cuarto, quinto y sexto, que se eliminan. Y teniendo en su lugar y además presente: 1°) Que no ha sido controvertido por las partes que la denunciada Restaurant Bar El Cafetal SpA cuenta con patente de alcoholes clase A, habiéndose denunciado que la misma no se encontraba vigente al cursarse la infracción el 16 de diciembre de 2022. 2°) Que el inciso tercero del artículo 5° de la Ley Nro. 19.925 dispone que “[l]os establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas no podrán funcionar sin que hayan pagado previamente la patente que corresponda, ni podrán continuar funcionando sin tenerla al día, salvo que este hecho no fuere imputable al deudor y lo probare documentalmente, circunstancias que corresponderá apreciar al alcalde. 3°) Que, del mérito de los antecedentes aportados al proceso se advierte que la denunciada ha realizado en tiempo y forma los trámites para la renovación de dicha patente para el segundo semestre de 2022; y consultado su estado de trámite en línea, según consta del documento rolante a fojas 5, aparece como “aprobado”; quedando pendiente, según afirma en sus descargos, únicamente el pronunciamiento del Concejo Municipal. 4°) Que, asimismo, se observa del documento aparejado a fojas 13, que la Contraloría General de la República, pronunciándose acerca de la demora en la renovación de las patentes de alcoholes correspondientes al segundo semestre de 2022, acogió la denuncia interpuesta al advertirse “[…] que la Municipalidad de Santiago presentó una demora en el proceso de renovación de patentes de alcohol para el segundo semestre del año 2022, lo cual implicó una vulneración a los principios de eficiencia, impulsión de oficio y de celeridad, previstos en los artículos 3° y 8° de la Ley Nro. 18.575 y 7°de la Ley Nro. 19.880 […]”. 5°) Que, en concordancia con lo que se viene razonando, resulta forzoso concluir que la falta de renovación de la patente en cuestión no resulta imputable a la denunciada, toda vez que esta cumplió oportunamente con las gestiones que le correspondía, obedeciendo la demora a un hecho que no le es imputable. En consecuencia, encontrándose en la situación de excepción contemplada en la norma citada, no procede que sea sancionada.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 5° y 42 y siguientes de la Ley Nro. 19.925, se revoca la sentencia definitiva de veinte de febrero de dos mil veintitrés, que condenó al denunciado al pago de una multa de 10 UTM y, en su lugar, se absuelve a la sociedad Restaurant Bar El Cafetal SpA de la denuncia formulada en su contra a fojas 2. Regístrese y devuélvase. Rol Corte Nro. 1204-2023 (Policía Local)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diez de octubre de dos mil veinticinco. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus motivos cuarto, quinto y sexto, que se eliminan. Y teniendo en su lugar y además presente: 1°) Que no ha sido controvertido por las partes que la denunciada Restaurant Bar El Cafetal SpA cuenta con patente de alcoholes clase A, habiéndose denunciado que la misma no

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica