SIN INFORMACION

AFRICANO ANDRADE LILIETH PAOLA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

10 de octubre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de Lilieth Paola Africano Andrades, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la Resolución Exenta N° 25409712 de 04 de agosto de 2025, dictada por el Servicio Nacional de Migraciones, que ordena su expulsión del territorio nacional y dispone la prohibición de ingresar al país por 5 años, lo que estima vulnera su derecho a la libertad personal, consagrado en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República. Actuación que considera ilegal y arbitraria, toda vez que dicha resolución no reúne los presupuestos legales para que proceda la expulsión, carece de fundamentación adecuada, es desproporcionada al no considerar su situación familiar, no pondera debidamente el derecho de sus hijos menores de edad a mantener una relación estable con su progenitora, ni respeta el principio del interés superior del niño, vulnerando con ello el derecho fundamental a la libertad personal y ambulatoria consagrado en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República, así como los derechos de sus hijos establecidos en la Ley N°21.430 sobre Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia. En cuanto a los antecedentes fácticos que sirven de fundamento al presente recurso, la recurrente expone que es de nacionalidad colombiana y que vivía tranquilamente en la ciudad de Barranquilla junto a su pareja, don Jairo, y sus dos pequeñas hijas. Indica que eran dueños de un restaurant el cual tuvo mucho éxito, pero con ello también comenzaron las extorsiones por parte de grupos armados peligrosos, específicamente "los pepes", quienes cobraban por "protección". Señala que estos cobros se volvieron insostenibles y cada vez más caros, generándoles temor por su seguridad y la de su familia. Relata que debido a esta situación de vulnerabilidad decidió migrar a Chile donde residía su hermano. Explica que reunieron dinero para costear sus pasaportes y pasajes de av

Fundamentos

fundamentos jurídicos que sustentan el presente recurso, la recurrente argumenta que la resolución administrativa impugnada carece de una adecuada ponderación de las circunstancias familiares y personales, siendo la decisión adoptada por el Servicio Nacional de Migraciones manifiestamente desproporcionada al no considerar adecuadamente su situación familiar, careciendo de criterios de proporcionalidad y razonabilidad. Asimismo, la recurrente sostiene que la resolución tampoco pondera adecuadamente cada uno de los elementos contemplados en el artículo 129 de la Ley N°21.325 sobre Migración y Extranjería. Si bien reconoce haber ingresado al país por un paso no habilitado debido a circunstancias excepcionales, argumenta que no tiene antecedentes penales ni en Chile ni en Colombia, que no cuenta con reiteración en infracciones migratorias, y que tiene dos hijas menores de edad radicadas en territorio nacional con residencia temporal regularizada. Argumenta que la orden de expulsión no solo le afecta a ella, sino también a sus hijas y su derecho de vivir en familia, puesto que junto con su pareja son su núcleo familiar en Chile, incumpliendo el Estado su principal mandato establecido en el artículo 1° inciso 5° de la Constitución, cual es dar protección a la familia y propender a su fortalecimiento. Añade que esto afectaría el derecho de sus hijas a preservar su relación familiar, afectando asimismo su estabilidad, considerando que han logrado integrarse al sistema educacional, de salud y han avanzado en su desarrollo en este país. Sostiene que la orden de expulsión es una medida manifiestamente desproporcionada y atentatoria de su libertad personal, toda vez que retornar a su país de origen trae como consecuencia poner en riesgo su vida e integridad física por las extorsiones sufridas, además de implicar una ruptura abrupta de la estabilidad que ha construido para ella y sus hijas en Chile. Previas citas legales, finaliza solicitando acoger la acción de amparo, declarando que la expulsión materializada a través del mencionado acto es ilegal y disponiendo, como providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho, dejar sin efecto dicho acto administrativo. A folio 7, informa el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso. Opone excepción de previo y especial pronunciamiento, sostiene que dicha resolución corresponde ser impugnada conforme al recurso especial de reclamación de expulsión establecido en el artículo 141 de la Ley N°21.325 sobre Migración y Extranjería, el cual se reserva para ser interpuesto por extranjeros afectados por medidas de expulsión y debe ser presentado ante la Corte de Apelaciones respectiva. Afirma que el recurso especial de reclamación de expulsión no ha sido presentado a la fecha. Afirma que la recurrente no cumple con los requisitos para presentar recurso de amparo constitucional, toda vez que se ha dispuesto por parte del Servicio Nacional de Migraciones su expulsión por vía admi

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, la acción de amparo deducida por Lilieth Paola Africano Andrades, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-3364-2025.

Texto Completo (Preview)

Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, diez de octubre de dos mil veinticinco. Vistos: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de Lilieth Paola Africano Andrades, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la Resolución Exenta N° 25409712 de 04 de agosto de 2025, dictada por el Servicio Nacional de Migraciones, que ordena su expulsión del territorio nacional y dispo

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