SIN INFORMACION

VASQUEZ BOHORQUEZ WENDY VALENTINA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

10 de octubre de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: A folio 1, comparece Wendy Valentina Vásquez Bohorquez, interponiendo recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber dictado la Resolución Exenta N°2500100140381, de 15 de septiembre de 2025, mediante la cual se rechazó su solicitud de residencia temporal y se dispuso su abandono del país en el plazo de 10 días, vulnerando con ello el derecho a la libertad personal y seguridad individual consagrado en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República. Expone la recurrente que presentó solicitud de residencia temporal, la que fue rechazada bajo el argumento de no haber adjuntado el comprobante de pago de la sanción pecuniaria por días de residencia vencida. Agrega que, si bien efectuó su solicitud encontrándose vencida su visa de residencia temporaria, existía un impedimento en la plataforma destinada para tales fines, circunstancia que no le resulta imputable, sin embargo, pagó la multa correspondiente con posterioridad al rechazo administrativo. Sostiene que cumple con todos los requisitos legales para el otorgamiento del beneficio migratorio solicitado, y no se le otorgó la oportunidad de subsanar una omisión documental que fue posteriormente regularizada. Solicita que se acoja el presente recurso y se deje sin efecto la Resolución Exenta N°2500100140381, de 15 de septiembre de 2025, instruyendo al Servicio Nacional de Migraciones proceder a una nueva revisión documental y decidir conforme a derecho su solicitud de residencia temporal. A folio 6, informa el Servicio Nacional de Migraciones, señalando que la amparada solicitó residencia temporal el 27 de julio de 2023, encontrándose irregular en territorio nacional desde el 3 de junio de 2019. Precisa que mediante comunicación electrónica de 19 de marzo de 2024, se notificó a la extranjera que su solicitud no cumplía con los requisitos exigidos, otorgándole un plazo de 60 días para subsanar dicha omisión. Detalla que mediante comunicación de 28 de agosto de 2024,

Fundamentos

considerando: Primero: Que, la acción de amparo garantiza a toda persona que ilegalmente sufra cualquier privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual, la posibilidad de recurrir ante la respectiva magistratura, para que dicte en tal caso las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Segundo: Que, por la presente vía cautelar, se solicita dejar sin efecto la Resolución Exenta N°2500100140381 de 15 de septiembre de 2025, del Servicio Nacional de Migraciones, que rechazó la solicitud de residencia definitiva de la actora y dispuso su abandono del país en un plazo de diez días, fundado en que no acreditó el pago de la sanción por residir en el país de manera irregular. Tercero: Que, el Servicio Nacional de Migraciones, al evacuar informe, señaló que la amparada ingresó su solicitud de residencia temporal sin haber pagado la multa establecida en el artículo 119 de la Ley N° 21.325, requisito indispensable para el otorgamiento del permiso, por lo que la autoridad procedió al rechazo de la solicitud y a disponer su abandono del país dentro del plazo legal, solicitando el rechazo del amparo por no existir acto ilegal ni arbitrario Cuarto: Que, consta que la resolución impugnada se dictó en un procedimiento administrativo en que a la amparada se le imputó no haber acompañado comprobante de pago de la multa por haber residido en forma irregular en el país, configurándose la causal del artículo 88 N° 1 de la misma ley. Sin embargo, la consecuencia de disponer el abandono del país en el plazo de 30 días resulta de una severidad que excede la magnitud de la omisión observada, más aún si el interesado había cumplido con los demás requisitos exigidos para la postulación y mantiene arraigo comprobado en el país. Por lo demás, consta del comprobante de pago acompañado por la amparada que ésta efectuó el pago de la sanción ordenada con posterioridad a la dictación del acto reclamado, lo que da cuenta de su intención de dar cumplimiento a los requisitos para regularizar su situación migratoria. Quinto: Que, en consecuencia, el rechazo de la residencia requerida y la orden de abandono resultan desproporcionados, lo que amenaza la libertad personal de la amparada, toda vez que, de no cumplir voluntariamente con el abandono impuesto, faculta a la autoridad migratoria disponer su expulsión del país, de acuerdo con lo previsto en el artículo 127 numeral tercero de la Ley N°21.325. Las circunstancias antes anotadas y la vulneración de la normativa referida en el considerando que precede, determinan que la decisión de la autoridad migratoria sea ilegal, motivos por los cuales se acogerá este arbitrio en la forma que se dirá en lo resolutivo.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas, la acción constitucional de amparo interpuesta en favor de Wendy Valentina Vásquez Bohorquez en contra del Servicio Nacional de Migraciones y, en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Exenta N°2500100140381, de 15 de septiembre de 2025, debiendo la autoridad recurrida reabrir el procedimiento administrativo y efectuar un nuevo análisis documental, teniendo presente el instrumento acompañado a folio 1 y que da cuenta del pago de la multa, posteriormente resolverá la solicitud de residencia como en derecho corresponda. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-3375-2025.

Texto Completo (Preview)

Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, diez de octubre de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1, comparece Wendy Valentina Vásquez Bohorquez, interponiendo recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber dictado la Resolución Exenta N°2500100140381, de 15 de septiembre de 2025, mediante la cual se rechazó su solicitud de residencia temporal y se dispuso su abandono del paí

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica